La Sala recuerda que dicha posibilidad está legalmente prevista para quienes, padeciendo una "enfermedad muy grave con padecimientos incurables", su ingreso en prisión representa un riesgo para la vida o la integridad física.
Entiende la Sala que ello "no sucede en el caso de IglesiasRiopedre, a la vista de los datos que constan en los informes médicos aportados por su defensa de los que se desprende que se encuentra estable de sus dolencias y solo precisa tratamiento farmacológico, el cual puede recibir en prisión".
En la misma resolución la Sala rechaza "suspender la ejecución de la pena hasta que se resuelva el indulto solicitado por José Luis Iglesias Riopedre", argumentando como ya lo hiciera el pasado viernes al resolver la misma petición formulada por Alfonso Carlos Sánchez que "no es previsible que el Gobierno vaya a otorgarle el indulto, teniendo en cuenta la extensión de la pena, el reducidísimo número de indultos que se otorgan anualmente y el rechazo social que provocan este tipo de delitos". Con estas decisiones, la Sala secunda el parecer que mostró la Fiscalía sobre ambas cuestiones.
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