Así consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que además de decretar libertad vigilada por 10 años para el cumplimiento posterior a la pena privativa de libertad impuesta -sin concreción en este momento de su contenido-, al condenado se le priva también de la patria potestad sobre la hija menor que tenía con la fallecida, a la que no podrá aproximarse por un periodo superior de 10 años al de la pena impuesta. Tampoco podrá hacerlo a sus padres y hermana de la fallecida.
El fallo coincide con el veredicto del jurado popular que juzgó el pasado mes de abril a J.R.G.S., al que declaró culpable de un delito de asesinato.
(Habrá ampliación)
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