Telemadrid vulneró el derecho de huelga de sus trabajadores. Así dice CCOO que, citando una sentencia del TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) del pasado mes de febero, falló contra los servicios mínimos ordenados por el Gobierno regional durante la huelga tuvo lugar el 5 de diciembre de 2006 .Con esta, ya es la segunda sentencia contra los servicios
Los jueces del tribunal, al amparo de la reciente jurisprudencia, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo, concluyen "que se vulnera el derecho fundamental de huelga de los trabajadores de Radio Televisión Madrid si se consideran servicios esenciales la emisión de los programas informativos de forma similar a un día en el que no hay convocatoria de huelga"
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