El TS de Andalucía reconoce el derecho de objetar a Educación para la Ciudadanía

  • Consideran que la asignatura es "ideológica".
  • La sentencia se basa en las doctrinas del Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
  • Es la primera sentencia en este sentido.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido a unos padres de Bollullos del Condado (Huelva) el derecho a objetar contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC), que "emplea conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales".

La sala de lo Contencioso del TSJA se basa en las doctrinas del

Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para equiparar el derecho a oponerse a esta asignatura con el derecho a la objeción a cualquier asunto que pertenezca al "claustro íntimo de creencias".

Primera sentencia

Esta primera sentencia a favor de la objeción contrasta con otra emitida en febrero por el Tribunal Superior de Asturias, que negó que exista el derecho a objetar contra la EpC.

En la sentencia emitida ahora, el TSJA dice que los padres no han recibido del Estado y los centros docentes la información que exige el TEDH "para que puedan ejercer su derecho a educar a sus hijos"."En nuestro caso, esa información no se ha suministrado" y, además, los contenidos de la asignatura "tienen un alto grado de indefinición, lo que no facilita el ejercicio de los derechos de los padres". Ante esta situación, según los jueces, "es razonable que los demandantes, por razones filosóficas o religiosas, que no tienen por qué exponer detalladamente, puedan estar en desacuerdo con una parte de la asignatura", y es "lógico que soliciten que se excluya de ella a su hijo".

El TSJA entiende, junto a ello, que "el interés público" está en la garantía de los derechos, entre ellos "la libertad ideológica y religiosa y el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".

Fuentes judiciales han explicado que, aunque éste es el primer caso sentenciado, la misma sala del TSJA tiene en su mesa recursos similares de una decena de padres andaluces, por lo que es previsible que en próximas semanas se pronuncien en sentencias similares.

Blanca María Díez, estudiante madrileña de 16 años, fue la primera en objetar a esta asignatura en mayo de 2007.

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