Una sentencia dictada por conformidad por la que también se le prohíbe la aproximación a la víctima a menos de 500 metros y de comunicación por cualquier medio durante 8 años.
Asimismo, se le impone la medida de libertad vigilada de 8 años, y la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicación por cualquier medio durante ese tiempo y la de participar en programas formativos de educación sexual.
Se da la circunstancia que el acusado se encontraba en prisión provisional comunicada y sin fianza desde abril de 2018 y que ante esta sentencia cabe recurso de apelación.
LOS HECHOS
La sentencia sitúa los hechos entre noviembre de 2017 y mes de abril de 2018, tiempo durante el que el procesado "con ánimo libidinoso y propósito de obtener una satisfacción sexual", en el domicilio familiar, y aprovechado el momento en que sus progenitores dormían, o el procesado se quedaba a solas con su hermana menor, le tocaba su parte genital en reiteradas ocasiones, llegando a frotar el pene con la vagina de la menor, eyaculando encima de la parte genital. Como consecuencia le transmitió a la niña la enfermedad sexual de gonococos.
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