Este anteproyecto, ha informado el Ejecutivo, surge de la necesidad de adecuar a la legislación básica estatal (la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico de Gobierno y de Administración de la Comunidad Foral, y la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como a la implantación de una Administración más adaptada a los nuevos tiempos, siendo uno de los objetivos esenciales del anteproyecto "la implantación de una administración electrónica generalizada y la aplicación de las nuevas tecnologías al procedimiento administrativo".
Con la aprobación del anteproyecto, una vez sea emitido el dictamen por el Consejo de Navarra, quedarán derogadas la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la administración electrónica en la Comunidad Foral de Navarra, el artículo 28 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la nueva Ley Foral.
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