En una nota, el sindicato ha informado de que la entidad "se negó en 2016 a reconocer la antigüedad de trabajadoras del IES Antonio Gala de Palma del Río, con tal de no abonar el segundo quinquenio del complemento de antigüedad a trabajadoras de más de diez años de servicio".
A pesar del diálogo ofrecido por las trabajadoras afiliadas al SAT, "la empresa insistió en no pagar un complemento a unas trabajadoras con un salario ya de por sí insuficiente y precario, por lo que en 2017 aquellas presentaron demanda para hacer cumplir el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de la provincia".
"Excusándose en que las unidades de tiempo para el devengo -y derecho al cobro- del complemento de antigüedad en los contratos fijos discontinuos se computan en función del tiempo de trabajo efectivo, la empresa no accedió al cumplimiento del convenio colectivo", según el SAT.
Si bien, una reciente sentencia de julio, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba, condena a la empresa al pago de las cantidades adeudadas, fundamentándose en que "ésta es una cuestión resuelta por la doctrina jurisprudencial, entendiendo que con independencia de la distribución de tiempos de prestación de servicios en atención a los llamamientos que haga la empresa, el nexo contractual entre las partes está vigente desde su inicio".
Por tanto, a efectos de antigüedad, "debe de computarse todo el tiempo transcurrido desde el inicio de la relación laboral con inclusión de los periodos de tiempo no trabajados en cada anualidad".
Desde el SAT han criticado "la precariedad laboral impuesta por la patronal a las trabajadoras de limpieza" y han recordado que no pararán "hasta garantizar unas condiciones laborales dignas en el sector de la limpieza".
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios