Tribunales.-Nueva sentencia contra el Ayuntamiento de Santiponce por "vulneración" de derechos de la oposición

  • SEVILLA, 21 (EUROPA PRESS)
La alcaldesa de Santiponce, a la derecha de la imagen
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La alcaldesa de Santiponce, a la derecha de la imagen

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Sevilla ha declarado que el Ayuntamiento de Santiponce, gobernado por la socialista Carolina Casanova, ha "vulnerado" los derechos fundamentales del Grupo municipal del PA al tramitar una petición del mismo para acceder al libro de registro de facturas para consultar la documentación correspondiente a un periodo concreto, pero poner a disposición de dicha formación sólo "un listado de facturas" sin "sello ni firma", ni certificación respecto a que dicho listado fuese "reflejo fiel del libro" de facturas.

En una sentencia emitida el pasado 17 de mayo y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial aborda el litigio promovido por el portavoz del PA en el Ayuntamiento poncino, Justo Delgado, contra la "inactividad" del Gobierno local socialista respecto a una petición de su grupo para tener acceso al libro municipal de registro de facturas, pues los andalucistas deseaban consultar la documentación correspondiente al periodo comprendido entre septiembre de 2016 y marzo de 2017.

Dicha inactividad, según los andalucistas, implicaba una "palmaria violación" del derecho fundamental que asiste a los concejales de la oposición para contar con la "información necesaria para el desempeño de sus cargos", un derecho reconocido por la propia Constitución Española.

Por contra, la representación del Ayuntamiento de Santiponce en este litigio defendía que la petición de información del Grupo andalucista, otrora socio de gobierno del PSOE en este consistorio, había sido debidamente "satisfecha", por lo que reclamaba la desestimación de la demanda promovida por el PA.

El juzgado, en ese sentido, expone en su sentencia que después de que el PA solicitase acceder al libro de registro de facturas de proveedores para comprobar la documentación correspondiente al periodo comprendido entre septiembre de 2016 y marzo de 2017, tal petición fue "estimada" mediante una resolución de Alcaldía, "en la que se reconoce expresamente" el derecho del PA a contar con tal documentación.

SÓLO "UN LISTADO DE FACTURAS"

Pero siempre según la sentencia, "no consta que pese a que se le reconoció (al PA) el acceso al citado libro, se haya puesto de forma efectiva a su disposición" la documentación solicitada, pues "resulta que lo que se puso a disposición del PA fue un listado de facturas que no consta por quien ha sido elaborado, ni si se corresponde fielmente con el libro de facturas, que era lo solicitado".

"La administración demandada no rechaza la petición por la

inexistencia de tal libro registro de facturas, antes al contrario, reconoce el derecho de acceso al citado libro, acceso que sin embargo no ha tenido lugar, ya que simplemente se ha puesto a disposición un listado de facturas que se desconoce por quién ha sido elaborado, sin constar sello ni firma, ni se haya certificado que el listado sea reflejo fiel del libro", resume la sentencia, que declara que el Ayuntamiento poncino ha incurrido en una "vulneración" de los derechos fundamentales del Grupo andalucista y ordena "facilitar" a dicha formación el acceso al libro de registro de facturas.

Esta sentencia, por cierto, sería la quinta resolución judicial contra este ayuntamiento en los últimos seis meses, por vulneración de derechos fundamentales de concejales de la oposición.

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