Condenados a prisión los dos acusados de hacerse pasar por médicos en Vinaròs (Castellón) por intrusismo y estafa

  • La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a los dos hombres acusados de hacerse pasar por médicos en
Imagen de archivo de una de las sesiones
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EUROPA PRESS/ARCHIVO
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Vinaròs (Castellón) a entre tres años y dos años y nueve meses de prisión por los delitos de intrusismo y estafa. No obstante, ambos procesados han sido absueltos de un delito contra la salud pública y los delitos y antiguas faltas de lesiones de los que eran acusados.

La sentencia, que contempla la atenuante de dilaciones indebidas, también condena a la mujer de uno de los acusados a un año y cuatro meses de prisión como cómplice de los delitos de intrusismo y estafa. Además, esta y su marido deberán indemnizar con 137.671,75 euros a 22 perjudicados en concepto de responsabilidad civil. El otro acusado, conjunta y solidariamente con los anteriores, responderá de las indemnizaciones reconocidas a nueve de los pacientes.

Según la sentencia, uno de los acusados, que había desarrollado desde 2006 actuaciones profesionales relacionadas con la homeopatía en una consulta, tras constituir al 50% con otra acusada que está declarada rebelde una sociedad, trasladó su actividad desde finales de 2007 a un local cuya propiedad compartía con su esposa, para la que obtuvo la correspondiente autorización como Centro Polivalente y con oferta asistencial de Odontología, Estomatología y Medicina Estética.

La esposa del procesado y también acusada ejercía funciones de recepcionista en la indicada clínica, era también quien cobraba los servicios prestados y circunstancialmente ayudaba tanto a su marido como a una doctora cuando trataban a los pacientes, ante los cuales, y al referirse a su marido, a sabiendas de que carecía de titulación en medicina, le trataba siempre de doctor.

El acusado, careciendo de la titulación necesaria para ejercer actos propios de la profesión médica y aprovechándose de la creencia generalizada de que sí la tenía, procedió a realizar diagnósticos de enfermedades y tratamientos para las mismas, extracciones de sangre, autotrasfusiones y pequeñas operaciones quirúrgicas, cobrando distintas cantidades por la consulta y los tratamientos que se encargaba de cobrar su esposa.

El procesado conocía al otro acusado, del que se sentía amigo y por el que tenía una "profunda" admiración profesional por los numerosos títulos oficiales relacionados con las ciencias de la salud que tenía reconocidos en el extranjero y con el que inicialmente se había visto implicado en una causa judicial semejante a la presente.

La sentencia señala que, aun sabiendo que carecía y carece de título académico de licenciado en medicina expedido o reconocido en España, con la finalidad de mejorar la imagen reputacional del negocio que tenía montado en su clínica y a fin de ayudarle económicamente por las estrecheces que éste padecía a resultas de las medidas cautelares adoptadas contra él en el referido procedimiento, le invitó a que visitase su clínica y a que tratase a algunos pacientes, a los que se los presentaba como un "eminente" doctor con experiencia internacional.

Así, durante las esporádicas visitas realizadas, éste llevó a cabo actos médicos similares a los realizados por el otro acusado.

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