Un vecino de Alicante se queja de una valla de 50 metros al lado de un colegio

  • Asegura que muy cerca de allí los vehículos circulan a demasiada velocidad.
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Juan González, de Tómbola (Alicante) se queja de una valla publicitaria (un monoposte) en un solar de la calle Penáguila «a apenas 50 metros del colegio público Eusebio Sempere y en el borde de una vía donde los vehículos circulan a gran velocidad, como en una carretera», por la proximidad de la avenida que comunica con la rotonda de la Universidad, la AP-7 y la autovía central.

¿la valla es legal, a pesar de que distrae la atención de los conductores?

Y me pregunta «si la valla es legal, a pesar de que distrae la atención de los conductores, que cuatro veces al día pasan por delante de la salida de ese colegio, con peligro para los escolares». El terreno es suelo dotacional propiedad de la Conselleria de Educación y la valla presenta dos pantallas acopladas de un famoso refresco de cola.

La directora del colegio Eusebio Sempere me informa que los niños tienen dos accesos al colegio, por las calles Penáguila y Dr. Isidoro de Sevilla, y asegura desconocer el destino del solar sin entrar en la peligrosidad o no de la valla.

Una respuesta parecida a la de Alicia González, presidenta de la asociación de vecinos Milenium, quien responde que ha enviado escritos al Ayuntamiento para conocer su futuro uso «sin recibir aún contestación alguna», aunque supone que será para uso dotacional educativo y ampliar el colegio.

es un descampado donde defecan animales, aparcan coches y se reúnen pandillas

De momento, el lugar de la valla es «un descampado donde defecan animales, aparcan coches y se reúnen pandillas, que podría estar vallado y en mejores condiciones» y «el tráfico es muy rápido en la calle Penáguila». La Junta Local de Gobierno aprobó a finales de 2007 la nueva Ordenanza Reguladora de la Instalación de Vallas Publicitarias, pendiente de ratificación por un pleno municipal y en periodo de alegaciones.

El proyecto, de las concejalías de Urbanismo y Ocupación de Vía Pública, modifica la aún vigente (de 1998) y describe la «evidente proliferación ilegal de las vallas y monopostes publicitarios», que inciden «muy negativamente en el paisaje urbano y en el entorno de la ciudad». Todas estas vallas ya están prohibidas en el Casco Histórico, San Antón y Área Central, y deberan desaparecer en suelos próximos a carreteras estatales y de las Redes Básica y Local de la Comunidad Valenciana.

Antonio Piñero, del Colegio de Publicitarios de Alicante, saluda «que todo esté cada vez más regulado, ya que, antes, había de todo y todo valía. Es necesario que nos reinventemos y una mayor sensibilidad para adaptarnos al entorno urbano», opina, «sobre todo para evitar abusos, despistes y accidentes». El artículo 8 de la nueva normativa permite la publicidad en parcelas sin uso de la zona 4 (caso de Tómbola) «antes de que se destinen al uso previsto en el planeamiento». La valla, por tanto, cumple la legislación, anterior y próxima.

EVALUACIÓN DE LA RESPUESTA

Concejalía de Urbanismo: Aprobado

Concejalía de la ocupación de la vía pública: Aprobado

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