Las Juntas de Gipuzkoa piden al Gobierno central la derogación de la prisión permanente revisable

  • Las Juntas de Gipuzkoa han pedido al Gobierno central, con los votos de PNV, PSE-EE, EH Bildu y Podemos, la derogación de la prisión permanente revisable introducida en el Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015 que somete a las personas "a penas inhumanas y degradantes".

En el Pleno del Parlamento guipuzcoano de este miércoles, PSE-EE, PNV, EH Bildu y Podemos han sumado sus votos para sacar adelante una enmienda transaccionada por socialistas y la coalición soberanista contra la prisión permanente revisable.

En el texto aprobado, las Juntas piden al Ejecutivo central que paralice inmediatamente la tramitación del Antreproyecto de Ley Orgánica por el que se amplían los supuestos de la pena de prisión permanente revisable.

El portavoz socialista en el Parlamento guipuzcoano, Julio Astudillo, ha criticado que el PP, al defender la prisión permanente revisable, está haciendo "política rastrera con el dolor de la gente, está haciendo, sin pudor, populismo punitivo, jugando con el dolor de las víctimas".

Socialistas y EH Bildu han presentado esta enmienda transaccional, que han apoyado también Podemos y PNV, tras decaer la propuesta de resolución del PP a favor de la citada medida, que ha obtenido sólo un voto a favor.

El portavoz socialista ha opinado que la pena de prisión permanente revisable "es contraria al derecho fundamental de todos a no ser sometidos a penas inhumanas o degradantes" y, además, "vulnera el mandato constitucional de orientación de las penas privativas de libertad, a la reeducación y reinserción, dados los plazos establecidos legalmente para la revisión, y el tiempo de cumplimiento para el acceso a determinados beneficios penitenciarios".

Por su parte, el portavoz del PP en el Parlamento guipuzcoano, Juan Carlos Cano, ha defendido la prisión permanente revisable "como respuesta a una demanda de las sociedad española ante crímenes execrables". Además, ha destacado que es una pena "proporcionada a la gravedad del crimen, que prevé un tiempo mínimo de cumplimiento de la pena sin salir de prisión, que puede ir desde los 25 hasta los 35 años en línea con el Derecho europeo comparado", es "revisable, una vez acreditado que el penado no cometerá nuevos hechos delictivos" y, además, "posibilita y aspira a la reinserción".

"Por todo lo anterior es una pena plenamente constitucional y respetuosa con el artículo 25.2 de la Constitución española, que dice que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas a la reeducación y reinserción social", ha incidido.

Asimismo, ha destacado que es una medida "avalada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que cuenta también con el respaldo del Consejo de Estado y por el Consejo General del Poder Judicial".

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