El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado parte del decreto de la Junta de Castilla y León que decía cómo se tiene que aplicar la Ley antitabaco en la región.
Entre los artículos que quedan anulados destaca el que permitía fumar en los salones de bodas con el truco de alquilarlos como espacio privado. La sentencia dice que la ley es "omnicomprensiva", es decir que no cabe lugar a dudas en ese aspecto.
Otro de los apartados que quedan anulados es el referente a qué se tiene en cuenta y qué no a la hora de medir la superficie del local. La Junta decía que no contaban ni las escaleras, pasillos, vestíbulos, aseo o barra. De este modo eran menos los bares obligados a cumplir la ley antitabaco (los que superen los 100 metros cuadrados).
Sí es correcto
Por el contrario, el tribunal sí da la razón a la Junta en dos de sus artículos. Considera legal que se permita fumar en las cafeterías de los centros de trabajo (prohibido por la ley) y que, en los bares, sea suficiente separar las zonas de fumadores con elementos que garanticen que no pasa el humo, sin necesidad de levantar una pared, como recoge la ley.
Este recurso fue interpuesto el pasado 20 de octubre de 2006 por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo, dirigido entonces por la ministra Elena Salgado, por entender que la norma regional incumple la normativa estatal.
Sanidad ya ha castigado a la Junta de Castilla y León con la retirada de una subvención de 850.000 euros por no aplicar la ley antitabaco como se aprobó.
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