La Ley del referéndum no despeja si se podrá convocar el 1-O ni qué hará el Govern

  • La Ley del referéndum es un proyecto de ley que todavía no ha iniciado el trámite parlamentario.
  • Su aprobación no se prevé hasta el mes de septiembre.
  • El Gobierno ya ha advertido que les "bastan 24 horas para su paralización".
Imagen de los diputados de JxSí en el acto de presentación de la ley del referéndum.
Imagen de los diputados de JxSí en el acto de presentación de la ley del referéndum.
EUROPA PRESS
Imagen de los diputados de JxSí en el acto de presentación de la ley del referéndum.

La Ley del Referéndum presentada este martes por los grupos de JxSí y de la CUP abre muchos interrogantes sobre la legalidad de la misma, sobre quién está convocado a urnas, sobre la participación necesaria para obtener un resultado vinculante, si la legitimidad que defiende es veraz, y sobre todo, qué pasará si el Tribunal Constitucional la recurre y si es así, si el Govern tiene un plan B.

¿La llamada Ley del referéndum es ya una ley? No, y es la primera incógnita. Estamos hablando de un proyecto de Ley que ni tan solo ha iniciado el trámite parlamentario y que no se prevé que se apruebe hasta el mes de septiembre. A día de hoy los únicos apoyos que tiene son los de los diputados independentistas de JxSí (61) y la CUP (10); los grupos de la oposición de Cs (25), del PSC (16), SíQueEsPot (11) y el PPC (11) estarían en contra. Es decir que presenta un escenario absolutamente dividido en el Parlament de Catalunya.

¿Cuál sería la participación necesaria en el referéndum?. El texto no prevé un mínimo de participación para que el resultado sea vinculante. Para legitimar este punto, la ley se ampara en las indicaciones del Código de Buenas Prácticas de la Comisión de Venecia, que establece que no hay que marcar ni un porcentaje mínimo de participación ni de aprobación.

¿Se ha pronunciado la Comisión de Venecia?. Sí, a una carta que le envió hace un mes el president Puigdemont, el presidente de la Comisión respondió que el referéndum debe ser pactado con el gobierno de España y destaca que "cualquier referéndum se lleve a cabo en pleno cumplimiento con la Consititución y la legislación aplicable".

¿Cómo sortean los independentistas este punto?. Elevando al rango de «sujeto político soberano» al pueblo de Cataluña, que como tal «ejerce el derecho a decidir libre y democráticamente su condición política». Además, eleva la condición de la Ley del referéndum a ley «suprema que prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas que puedan entrar en conflicto» en clara referencia a la más que posible suspensión de la norma por parte del Tribunal Constitucional (TC). Aunque en ningún punto se concreta cómo se garantizará todo este texto legal si el TC lo anula.

¿JxSí y la CUP defienden que el referéndum será vinculante?. Sí, el texto establece que el referéndum del 1 de octubre «sea vinculante» hasta el punto que «en los dos días siguientes al recuento de votos» y si sale mayoría del ‘sí’ «implica la independencia inmediata de Cataluña» y si sale el 'no' se convocarán elecciones autonómicas. El proyecto de ley, además, no prevé «un mínimo de participación para que el referéndum sea vinculante». Así, según el texto legal presentado ayer, el 3 o el 4 de octubre se «proclamará la independencia» o se «convocarán elecciones»

¿Qué responde el Gobierno?. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha advertido que "al Estado le bastan 24 horas para recurrirla y obtener su paralización". Asegura la vicepresidenta que "la Generalitat puede pasarse ahora 30 días explicando la ley del referéndum o la de transitoriedad jurídica y puede decir que en 48 horas puede declarar la independencia, pero una cosa está clara -ha subrayado-, que el Estado ha demostrado que le bastan 24 horas para recurrir esas leyes y obtener su paralización". En este sentido el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha asegurado que los "delirios autoritarios y frentistas" de los independentistas "nunca" podrán "vencer a la serenidad y al equilibrio" del Estado democrático.

Pero, todavía no hay urnas... No, el Govern declaró desierto el concurso de compra de urnas el 27 de junio pasado alegando que ninguna de las empresas había superado los pasos iniciales del proceso de licitación. Este parón en el proceso administrativo ha sido polémico y ha levantado todo tipo de especulaciones hasta que el Govern quería proteger a la consellera de Governació, Meritxell Borràs, contra la que la Fiscalía se ha querellado. Destacar que según se explica en la web 'garanties.cat', el Govern "está iniciando la compra directa" de las 8.000 urnas que necesita para celebrar el referéndum anunciado para el 1 de octubre después de declarar desierto el concurso público con el que aspiraba a homologar a empresas suministradoras. Pero no se explica de qué manera se conseguirán.

Segun la ley ¿quién tendrá derecho a voto?. El censo estará compuesto por «electores residentes en Cataluña y por los electores residentes en el exterior» y contempla que «la inscripción en el censo no exige autorización previa por parte de los ciudadanos», como sí ocurrió en el 9-N.

¿Cuál es el principal argumento para llamar a votar?. Los partidos independentistas repiten desde este martes incansablemente que una elevada participación será que dará veracidad y hará que el resultado sea vinculante. Aunque no quieren hablar de cifras, este miércoles se han atrevido a asegurar que la participación deberá ser superior a la del 9-N que fue de 2.305.290 personas y que lo ideal sería llegar a una participación de 3 millones de personas.

¿Habrá campaña del no?. Es una de la cuestiones que más preocupa a los independentistas que ven necesario que el bloque del 'no' se pronuncie y haga campaña porque sería una forma de validar el referéndum. Sería validar que España no deja poner las urnas y que Cataluña no puede decidir su futuro. Las presiones se centran ahora en este punto, en hacer que los llamados 'unionistas' hagan campaña contra la independencia de Cataluña

¿Quién vigilará todo el proceso electoral?.  La ley dedica además un título entero a la creación de una administración electoral propia para Cataluña que releva de sus funciones a la Junta Electoral. Se denomina Sindicatura Electoral de Cataluña y estará integrada por cinco personas, la mayoría juristas, que serán designados por el Parlament. Sobre los locales electorales, la ley fija que los ayuntamientos deben «poner a disposición» de la Sindicatura «los locales de su titularidad que se utilizan habitualmente como centros de votación». El texto se recoge en garanties.cat.

¿Todo ello de qué forma tendrá vigencia? El proyecto de ley establece que también se debe aprobar la Ley de Transitoriedad y además el decreto de convocatoria del referéndum no debe firmar el Govern. No hay fecha para ninguna.

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