El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este martes y recoge Europa Press sendas resoluciones de la referida Dirección General. En el caso de las ayudas al comercio minorista, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, pretenden modernizar la actividad comercial minorista de la región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.
En virtud de estas ayudas, será subvencionable la implantación de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), la promoción de la calidad, del diseño y de zonas comerciales prioritarias. El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones previstas para la convocatoria del ejercicio 2017 asciende a 180.000 euros.
Las solicitudes se presentarán ante la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, de forma telemática con firma electrónica, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
PROMOCIÓN DEL SECTOR ARTESANO
En cuanto a las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial del sector artesano pretenden potenciar su tejido y fomentar la competitividad y rentabilidad de su actividad económica productiva.
Se subvencionará una línea de promoción que tiene como objeto la comercialización de productos artesanos y como finalidad la mejora de la competitividad del sector y otra línea de inversión en talleres artesanos, que tiene como objeto la actividad productiva artesanal y como finalidad la mejora de la innovación y de la productividad y competitividad del sector.
El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones previstas para la convocatoria del ejercicio 2017 asciende a 184.000 euros, financiándose con fondos propios. La cuantía de las subvenciones que podrán concederse al amparo de la presente convocatoria será del 50% del gasto que se considere subvencionable, con los límites indicados por el artículo 12 de la orden de bases reguladoras.
El plazo y forma de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).
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