Los 14 elementos principales del nuevo "Tratado de Lisboa"

Bandera de la Unión Europea
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EFE
Bandera de la Unión Europea
Estos son los puntos claves del nuevo tratado europeo que sustituirá al proyecto de Constitución europea:
  1. Enmiendas. El Tratado de Reforma acordado contiene las enmiendas a los dos únicos tratados que conservará la Unión: el "Tratado de la Unión Europea" y el "Tratado sobre el funcionamiento de la UE".
  2. Presidente. Crea la figura de un presidente estable de la Unión elegido por un período de dos años y medio, renovable una vez.
  3. Alto Representante. Crea el nuevo cargo de Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y la Política de Seguridad, que será al mismo tiempo vicepresidente de la Comisión Europea y tendrá a sus órdenes un servicio de acción exterior.
  4. Nuevo sistema. Instaura un nuevo sistema para el cálculo de la mayoría cualificada en la toma de decisiones. La "doble mayoría" se aplaza, no obstante, hasta el 1 de noviembre de 2014 para satisfacer a Polonia, país que obtiene otras garantías.
  5. Adiós al veto. Desaparece el veto en 40 ámbitos de acción suplementarios, incluidos el asilo, la inmigración y la cooperación policial y judicial.
  6. Reducción. El tamaño de la Comisión Europea se reducirá de los 27 actuales a un máximo de dos tercios del número de estados miembros, a partir de 2014.
  7. Codecisión. Aumenta extraordinario del poder de codecisión o colegislación del Parlamento Europeo.
  8. Carácter vinculante. La Carta Europea de Derechos Fundamentales, que ocupaba toda la parte II del Tratado constitucional, no figurará en el nuevo documento, pero éste incluirá una mención que señalará su carácter vinculante.
  9. Restricciones. El Reino Unido obtiene importantes aclaraciones y restricciones en la aplicación de la Carta a su territorio, lo mismo que Polonia.
  10. Parlamentos. Mayor papel de los Parlamentos nacionales.
  11. Ciudadanos. Reconocimiento de la iniciativa popular: un millón de ciudadanos pueden pedir a la Comisión que proponga una medida legislativa.
  12. Personalidad. La Unión Europea tendrá personalidad jurídica única.
  13. Abandono. Se reconoce la posibilidad de los estados de abandonar la Unión.
  14. Cooperación. Nuevo mecanismo automático de colaboración reforzada en la cooperación policial y judicial en materia penal
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