El auto, de 12 de diciembre, concluye que "es posible la existencia de agua para el municipio, e, incluso, su disponibilidad material, pero, desde la perspectiva urbanística que ocupa --y en un obligado marco de legalidad-- no se ha acreditado, ni en el informe, ni con cualquier otro medio de prueba, la disponibilidad jurídica de la misma".
Además, destaca que "en el momento de la aprobación del planeamiento no existía plena suficiencia y disponibilidad de recursos hídricos para el abastecimiento de agua al municipio de Monterrei".
Por ello, admite un recurso de casación interpuesto contra la sentencia que dictó la sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en junio de 2015.
De este modo, el Supremo anula esa sentencia y estima el recurso contencioso administrativo planteado previamente contra la orden de la consellería, que fue la que definitivamente aprobó el PGOM.
El fallo declara dicha orden y por tanto el PGOM "contrarios al ordenamiento jurídico" y, en consecuencia, los anula. No hace expresa imposición de las costas causadas en la instancia y en casación.
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