Condenado a ocho años de cárcel por apuñalar a su hermano en Rota en octubre de 2015

  • La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a ocho años de prisión a un hombrepor un delito de homicidio en grado de tentativa, que en octubre de 2015 apuñaló a su hermano en Rota (Cádiz), propinándole una cuchillada que "podría haber supuesto un riesgo vital inmediato" de no ser "por la interposición de la mano" del agredido, que no obstante le fue atravesada por la hoja de 14 centímetros y medio del cuchillo.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que ha adelantado Diario de Cádiz, el juez considera probado que el día de los hechos la víctima se encontraba comiendo con su padre sobre el comportamiento del agresor, que vivía solo y a quien el padre le quería facilitar unas llaves de la casa paterna, lo cual estaba siendo reprochado por el que horas después sería víctima de su hermano.

Durante la conversación, el padre recibió varias llamadas del hijo posteriormente agresor, que fueron ignoradas. Ante la insistencia, la víctima optó por coger el teléfono y, tras ser insultado, con la intención de apaciguar a su hermano y tranquilizar a su padre, "al que siempre ha tratado de proteger de la conducta disruptiva de su hermano", lo invitó a quedar para hablar.

Cuando la víctima se desplazó al lugar acordado el agresor no estaba, aunque posteriormente lo encontró en la terraza de un bar cercano, comenzando el altercado entre ambos. Después de que la víctima se lo llevara de la terraza del bar, cayéndose y levantándose del suelo hasta en tres ocasiones, el agresor, que portaba en el bolsillo trasero de su pantalón un cuchillo de cocina con mango de plástico de color negro, le asestó una fuerte puñalada en el costado lateral izquierdo, que no llegó a ser más profunda porque la víctima interpuso su mano izquierda, que fue totalmente atravesada por el arma.

Posteriormente, el agresor volvió a dirigirse a la víctima, mientras que ésta daba pasos hacia atrás, hasta que finalmente fue auxiliado por dos albañiles que acertaron a ver la escena. Por su parte, el agresor no soltó el arma en ningún momento ni abandonó el lugar hasta que escuchó el sonido de una ambulancia.

Por todo ello, la Audiencia ha condenado a ocho años de prisión por un

delito de homicidio en grado de tentativa al agresor, para el que el tribunal no ha tenido en cuenta la concurrencia de atenuante de alteración o anomalía psíquica y que había postulado la defensa del condenado.

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