Además se impone inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, privación de la patria potestad y prohibición de aproximarse a la víctima, en cualquier lugar en que se encuentre.
En la sentencia, recogida por Europa Press, se prohíbe al acusado acercarse a su domicilio, a su lugar de estudio y a cualquier otro que sea frecuentado por ella a distancia inferior a 200 metros, y la prohibición de comunicarse con la víctima, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, directo o indirecto en ambos casos por un tiempo de treinta años, así como la participación en programas formativos de educación sexual por tiempo de siete años.
En los fundamentos de derecho, el juez señala que el acusado reconoció la práctica totalidad de todos los hechos en que se funda la acusación.
"Al reconocimiento de hechos, constante y permanente que realiza el acusado durante todo el procedimiento se adiciona la declaración de la víctima, sólida e idónea para enervar la presunción de inocencia y la declaración de la madre de la menor que la advera, lo que propicia que este tribunal llegue inequívocamente a la convicción de que se han producido los hechos", ha afirmado el juez.
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