El Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por las defensas de ambos contra el fallo de la Audiencia Provincial de Almería que les impuso, además de la pena privativa de libertad como autores de un delito de lesiones, el pago de una indemnización , de forma conjunta y solidaria, de 1.845 euros.
Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, la víctima intento acceder a las 05,00 horas del 15 de diciembre de 2007 a la discoteca, ubicada en el centro comercial 501 de Aguadulce, en Roquetas de Mar, cuando M.I.C. y F.B, porteros del local, le negaron la entrada al considerar que se encontraba bajo "los efectos del alcohol".
Se inició entonces una discusión en el que curso de la cual ambos empujaron y "propinaron" diversas patadas y puñetazos al hombre, "hasta derribarlo". Una vez que se encontraba tendido en el suelo, los condenados continuaron "dándole puntapiés en la cabeza y en la boca" que le causaron graves lesiones.
En concreto, la más grave fue un traumatismo dental que le afectó a cuatro piezas, una de las cuales perdió en ese mismo momento mientras que el resto tuvieron que serle extraídas "ya que se encontraban muy movibles".
Durante 15 días tuvo que estar en reposo masticatorio y tuvieron que realizarle implantes sustitorios, por lo que tardó en curar 41 días, todos ellos impeditivos. Los condenados deberán hacerse cargo, asimismo, del coste de esta intervención.
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