El CSN publica seis informes sobre el emplazamiento con las dudas y las soluciones de ingeniería para el silo

El regulador atómico ve "fundamental" ofrecer toda la información que fundamenta el dictamen técnico aprobado en julio
ATC, OBRAS EN LOS TERRENOS
ATC, OBRAS EN LOS TERRENOS
EUROPA PRESS/ENRESA
ATC, OBRAS EN LOS TERRENOS

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha remitido al Consejo de Transparencia y del Buen Gobierno y a la organización Transparencia Internacional (TI) un total de seis informes respecto al emplazamiento del almacén temporal centralizado (ATC) de residuos nucleares de alta actividad y combustible gastado en Villar de Cañas (Cuenca).

La entrega y divulgación de estos documentos, cuatro más de los requeridos, es consecuencia de la resolución emitida por el Consejo de Transparencia que estimaba parcialmente la reclamación presentada por la ONG al respecto e instaba al CSN a remitir dos informes.

En concreto, se instaba al regulador a entregar informes geotécnicos e hidrogeológico sobre la idoneidad y condiciones de seguridad del emplazamiento elegido para el ATC y que sirvieran para la adopción de la propuesta de dictamen técnico (de la Universidad de Cantabria), así como un informe de la empresa URS sobre las condiciones de los terrenos que podría presentar dudas sobre la idoneidad del lugar escogido.

Según los documentos a los que ha tenido acceso Europa Press, la información facilitada "excede al ámbito tanto de la finalmente acordada por el Consejo de Transparencia y el Buen Gobierno" como la que solicitaba la ONG.

En concreto, en su respuesta, el CSN considera "fundamental que reciba el conjunto de documentos técnicos que justifican la propuesta de dictamen técnico" que fue aprobada por el pleno del CSN en su reunión de 27 de julio de 2015.

Así, destaca que dicha decisión técnica es una "evaluación ponderada" entre los informes de caracterización que señalan las limitaciones que presenta el terreno elegido para ubicar el ATC y las condiciones y soluciones de ingeniería que se tendrían que imponer a la construcción de dicha instalación para que los requisitos de seguridad nuclear y protección radiológica se cumpliesen según los mejores estándares de seguridad.

Además, expone que es "de extrema importancia" que si el objetivo de esta información es ser publicado para el conocimiento general, se publique de forma completa "toda la documentación técnica que se aporta". De no ser así, advierte de que "accediendo a una información parcial, los posibles interesados podrían llegar a conclusiones erróneas" sobre las condiciones de seguridad impuestas por el CSN respecto a los terrenos de Villar de Cañas.

La misiva, firmada por la secretaria general del regulador atómico, María Luisa Rodríguez, recuerda también como un aspecto "importante" que las competencias del CSN se circunscriben a la emisión de un informe técnico al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, "exclusivamente" sobre seguridad nuclear y protección radiológica y recuerda que es el departamento gubernamental el encargado de emitir o no las autorizaciones pertinentes.

La resolución emitida en marco por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno concedía al regulador quince días hábiles de plazo, aunque este solicitó posteriormente quince días más.

En concreto, se han remitido lo documentos: Evaluación de los estudios de caracterización del emplazamiento del ATC en Villar de Cañas (Cuenca), presentados por ENRESA con la solicitud de autorización previa de la instalación; la evaluación de la idoneidad del emplazamiento del ATC en Villar de Cañas en relación con la autorización previa solicitada por ENRESA; la 'Evaluación del Estudio General de Cimentaciones y del Informe Descripción de las Actividades y obras preliminares de infraestructura presentado por ENRESA como documentación de soporte a la solicitud de autorización previa del ATC".

También se ha remitido al CTBG y a TI la 'Propuesta de condiciones asociadas a la autorización previa solicitada por ENRESA para el ATC en Villar de Cañas, como resultado de las evaluaciones realizadas en las áreas de IMES y CITI de SIN'; el informe 'Servicio para la revisión de seguridad de los estudios de caracterización del emplazamiento del ATC, de

Urs aecom' y el 'Informe de valoración de la solución de cimentación de edificios de la instalación nuclear ATC' de la Universidad de Cantabria.

Transparencia Internacional estimaba que estos documentos solicitados eran "relevantes" para los ciudadanos. Sin embargo, el Consejo de Transparencia desestimó otras de las peticiones de la ONG, como el informe sobre la adjudicación del emplazamiento, una nota informativa de los técnicos del área de Ciencias de la Tierra del regulador sobre el sitio elegido, otro informe presentado por los geólogos sobre las condiciones de los terrenos, así como un documento sobre la aprobación del emplazamiento, teniendo en cuenta el informe desfavorable de los geólogos del propio organismo.

Del mismo modo, desestimó la solicitud de TI para que el CSN entregase la información sobre la cuantía del proyecto, ya que el ámbito económico no es competencia del regulador.

En su día, el presidente de Transparencia Internacional, Jesús Lizcano, señaló Europa Press que hace meses pidieron información al regulador para conocer los motivos por los que se había elegido Villar de Cañas para albergar el ATC, a tenor de informaciones que apuntaban a la falta de idoneidad del sitio elegido para albergar los residuos radiactivos de las centrales por los riesgos de contaminación y afectación de la salud pública.

Posteriormente, antes de cumplirse ese plazo, el CSN requirió quince días más de plazo porque se habían puesto en contacto con la Universidad de Cantabria y URS, por si pudieran tener "limitaciones derivadas del secreto profesional o de la propiedad intelectual o industrial". De este modo, se permitiría suprimir aquellos datos que pudieran "atentar contra esos derechos" y cumplir así con lo establecido por la Ley de Protección de Datos de carácter personal.

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