Tribunales.- Condenan a una mujer por facilitar la entrada de un inmigrante escondido en su coche

Un hombre también ha sido condenado por favorecer la llegada de una persona sin documentación

La Audiencia de Málaga ha condenado a una mujer por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros al facilitar la entrada de una persona sin documentación, escondida en el asiento trasero de su coche. Así, se le ha impuesto una pena de tres meses de prisión.

Los hechos sucedieron en diciembre de 2009. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la acusada fue sorprendida por agentes de la Policía Nacional que estaban en el servicio de control fronterizo en la estación marítima del puerto de Málaga a la llegada del barco procedente de Melilla.

Así, según la resolución, la mujer, nacida en Marruecos, llevaba escondido en el asiento trasero del vehículo en el que viajaba, entre los efectos personales y su hijo menor de edad a un hombre indocumentado, "al que pretendía facilitar la entrada en territorio nacional sin tener los requisitos legales para ello".

La Sección Primera dicta esta sentencia con la conformidad de la acusada, que ha pasado más de dos meses en prisión en distintos años, y de su defensa con la calificación definitiva del ministerio fiscal, que la acusó por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y pidió una pena de tres meses de cárcel.

Esta misma Sala ha condenado a un hombre también por favorecer la inmigración ilegal por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. En este caso, se le ha impuesto una pena de seis meses de prisión, dictándose la sentencia, igualmente, con la conformidad del procesado y de su defensa.

Según esa segunda resolución, en julio de 2013, el acusado participó en la organización del traslado desde Nigeria a España de una ciudadana de dicho país "a sabiendas de que la misma carecía de la documentación necesaria para su estancia en el país y de que su intención era establecerse de manera permanente".

El procesado, nacido también en Nigeria, "realizó los trámites necesarios", con el fin de que a través de otro ciudadano que se encontraba en dicho país se procediera a organizar el viaje de la mujer, la cual llegó a salir con destino a España, pasando por Guinea Bassau, precisa la sentencia.

Finalmente, según se pone de manifiesto en la resolución, no pudo conseguir que la mujer llegara a España "al no permitírsele la continuación del viaje por las autoridades competentes". El hombre reconoció estos hechos en el juicio, que se suspendió respecto a otros acusados.

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