La Audiencia remite el caso de Pachi Vázquez a un juzgado de O Carballiño para que decida su conclusión o nuevas pruebas

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha decidido remitir a un juzgado de O Carballiño la causa abierta contra Pachi Vázquez por un delito de prevaricación continuada en relación al supuesto enchufe de 37 trabajadores cuando el socialista era alcalde de este municipio ourensano.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha decidido remitir a un juzgado de O Carballiño la causa abierta contra Pachi Vázquez por un delito de prevaricación continuada en relación al supuesto enchufe de 37 trabajadores cuando el socialista era alcalde de este municipio ourensano.

De este modo, la Audiencia Provincial ha emitido un auto, con fecha de 21 de diciembre, en el que ordena revocar el auto de conclusión del TSXG y remitir el caso a un juzgado de O Carballiño para "su tramitación ordinaria".

La causa del exdiputado y exsecretario xeral del PSdeG Pachi Vázquez fue remitida a la Audiencia Provincial de Ourense —después de su renuncia como parlamentario en la Cámara autonómica—, tras declarar el TSXG su falta de competencia de la sala para el conocimiento de la presente causa.

Contra esta resolución cabe recurso de súplica en el plazo de tres días, que debe ser interpuesta ante la Audiencia Provincial de Ourense en el plazo de tres días.

El juzgado deberá decidir sobre su conclusión o nuevas diligencias

El exsecretario xeral del PSdeG, exconselleiro de Medio Ambiente con el bipartito y exalcalde de O Carballiño (Ourense), Pachi Vázquez, renunció a su escaño en el Parlamento gallego el pasado mes de mayo, de forma que dejaba de ser aforado.

Previamente, el 27 de abril el instructor del TSXG había declarado "concluso" el sumario sobre la investigación por un supuesto delito de prevaricación continuada, que ahora revoca la Audiencia Provincial, tal y como pedía la defensa de Pachi Vázquez.

De tal forma, la Audiencia Provincial remarca en los fundamentos de derecho que "el órgano competente para decidir sobre la conclusión de la instrucción, acordar la práctica de nuevas diligencias e instrucción" u otras cuestiones establecidas en la Ley de enjuiciamiento criminal "corresponde" al juzgado de instrucción, en este caso de O Carballiño.

Asimismo, la defensa de Vázquez reclama adecuar el caso a los trámites del procedimiento abreviado en vez del procedimiento de sumario. Sobre esta cuestión, en los razonamientos jurídicos del auto de 21 de diciembre, la Audiencia Provincial dice "carecer de competencia" para "pronunciarse sobre la adecuación del procedimiento a los trámites del procedimiento abreviado".

Tampoco considera la sala "la procedencia" de pronunciarse sobre la petición de la defensa de Pachi Vázquez para la acumulación de dos querellas "partiendo de hechos semejantes", por lo que emplaza a que la lleve al juzgado de O Carballiño para que dirima esa cuestión.

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