El acusado de apoderarse de parte del patrimonio de una de sus tías acepta 2 años de prisión

El vecino de Gijón acusado de apoderarse de parte del patrimonio de una de sus tías, declarada incapaz por demencia senil y de la que él era tutor legal, ha reconocido este miércoles los hechos y ha aceptado una condena de dos años de prisión, multa y el pago de una indemnización de 92.000 euros a los herederos de la mujer, ya fallecida.

El vecino de Gijón acusado de apoderarse de parte del patrimonio de una de sus tías, declarada incapaz por demencia senil y de la que él era tutor legal, ha reconocido este miércoles los hechos y ha aceptado una condena de dos años de prisión, multa y el pago de una indemnización de 92.000 euros a los herederos de la mujer, ya fallecida.

La vista oral estaba señalada esta mañana en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, aunque el acuerdo alcanzado entre las partes ha evitado su desarrollo.

El acusado, nombrado tutor legal de la mujer en febrero de 1997, decidió usar el cargo para su propio beneficio y, en mayo de ese mismo año, canceló una cuenta a plazo fijo que su tía tenía, por importe de 42.000 euros. Además, se fue apoderando de todas las joyas de la mujer, hasta que falleció en junio de 2006, y solicitó la venta de una vivienda que tenía en Mieres, por importe de 61.303,23 euros, operación que se autorizó en octubre de 2005. Por otro lado, el mismo día de la muerte de la mujer acudió al banco y, ocultando el fallecimiento, transfirió 50.000 euros de su cuenta a la suya personal, dinero que procedía de la enajenación del inmueble.

El Juzgado que llevaba la tutela no tuvo conocimiento de la muerte de la mujer hasta el 10 de diciembre de 2007 y no por el acusado, sino por otro familiar, coheredero.

Las joyas con las que se quedó el acusado fueron tasadas en 18.860 euros y se encuentran depositadas en el Juzgado, después de que el acusado las entregara en julio de 2014.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida, de especial gravedad por el valor de la defraudación y por realizarse con abuso de las relaciones personales existentes con la víctima, en concurso con un delito de abandono de incapaces.

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