Trib.- El TSJ rechaza el recurso que presentó Aeromur hace dos años por la rescisión del contrato

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) desestima el recurso que la 'Sociedad Concesionaria Aeropuerto de Murcia, S.A. (Aeromur) presentó hace dos años en contra la rescisión del contrato, dando, de tal forma, la razón a la Comunidad en su decisión del 16 de septiembre de 2013, por considerarla "conforme a derecho".
Aeropuerto Corvera
Aeropuerto Corvera
PSOE
Aeropuerto Corvera

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) desestima el recurso que la 'Sociedad Concesionaria Aeropuerto de Murcia, S.A. (Aeromur) presentó hace dos años en contra la rescisión del contrato, dando, de tal forma, la razón a la Comunidad en su decisión del 16 de septiembre de 2013, por considerarla "conforme a derecho".

Así lo refleja la sentencia del TSJ a la que ha tenido acceso Europa Press, que añade que "no existen causas ajenas que impidieran a la demandante cumplir con sus obligaciones de gestionar y obtener lo necesario para la puesta en marcha del aeropuerto".

Tras lo que señala que no cabe hablar de incumplimiento parcial ya que "la finalidad de la ejecución del aeropuerto era su puesta en marcha y explotación, lo que no ha sucedido".

Por el contrario, "el incumplimiento de sus obligaciones por la demandante dio lugar a la ejecución del aval prestado por la Comunidad Autónoma, estando al día de hoy el aeropuerto sin funcionar y pagando la Administración concedente la deuda de la concesionaria", circunstancia que, a juicio de esta Sala, "justifica sobradamente la incautación de la garantía total".

Por último, la Sala indica que la condición de la recurrente de que se cerrara al tráfico el aeropuerto de San Javier por no ser ya rentable la explotación del de Murcia "no estaba contemplada en la oferta de la concesionaria, ni en el contrato, por lo que difícilmente pudo ser incumplida".

Y ello, añade, "con independencia de que la Comunidad Autónoma llevara a cabo determinadas gestiones o firmara un Protocolo de Actuación", pues la decisión de cierre no correspondía a la Administración regional "ni entra dentro de sus competencias". Por tanto, la Comunidad "no ha incumplido ninguna obligación respecto al aeropuerto de San Javier".

En consecuencia, concluye la Sala, "la resolución del contrato de concesión es conforme a derecho". El fallo es recurrible en el plazo de diez días.

((

Habrá ampliación))

Mostrar comentarios

Códigos Descuento