Junta inspecciona 476 talleres de reparación de vehículos para detectar posibles infracciones a la normativa de Consumo

Un 38% de los establecimientos incumple alguna norma, sobre todo relativas al resguardo de depósito y al presupuesto de la reparación

La Dirección General de Consumo y los Servicios provinciales de la Consejería de Salud han llevado a cabo una campaña de inspecciones en talleres de reparación y mantenimiento de vehículos para comprobar el grado de cumplimiento de la normativa que garantiza los derechos y la protección de los consumidores en este sector. En total, en el año 2014 los inspectores de Consumo han realizado controles en 476 establecimientos de este tipo, con 511 actuaciones inspectoras, habiéndose levantado 197 actas positivas, el 38 por ciento del total.

Esta campaña de inspección se enmarca en una de las líneas estratégicas de trabajo de la Consejería de Salud, que es la protección de los derechos de los consumidores de una manera efectiva, tal y como recoge el propio Estatuto de Autonomía para Andalucía. Uno de los elementos fundamentales que se ha verificado durante la campaña es si el taller contaba con hojas de quejas y reclamaciones de la Junta a disposición del consumidor, y de su cartel anunciador, para que éste pueda ejercer el derecho que le asiste en caso de estar en desacuerdo con el producto o servicio recibido.

Según un comunicado, los inspectores de Consumo han comprobado en el transcurso de esta actuación que los talleres expiden el correspondiente resguardo de depósito, que es el documento que se le debe entregar al usuario cuando deja su vehículo en el establecimiento. Una de las infracciones más comunes en los talleres es, precisamente, no entregar el resguardo de depósito al cliente. En 2014, en un 25,8 por ciento de las inspecciones realizadas se incumplía con obligación.

Además, los talleres deben exhibir al público, en lugar perfectamente visible, al menos en castellano y en un tamaño de letra no inferior a 7 milímetros, los precios aplicables por hora de trabajo y por servicios concretos. Dichos precios deben incluir los impuestos, cargas o gravámenes, debidamente desglosados, un aspecto que fue especialmente supervisado por los técnicos de la Junta.

Presupuesto gratuito

Los consumidores tienen derecho a la elaboración de un presupuesto previo de carácter gratuito con una validez mínima de doce días hábiles siempre que se proceda a continuación a la reparación tras la aceptación por parte del cliente. De este modo, el taller sólo podrá cobrar la elaboración del presupuesto cuando el cliente no realice seguidamente la reparación, y siempre que hubiera hecho constar previamente en el resguardo de depósito los trabajos necesarios para su elaboración, el precio del mismo y la aceptación previa de su coste por parte del consumidor. Por otra parte, en el caso de que el cliente renuncie a la elaboración del presupuesto, tendrá que firmar en el resguardo de depósito un apartado específico que así lo certifique.

El presupuesto debe contener una información básica que incluya: el número del taller en el registro, los datos personales del usuario, la identificación del vehículo, las reparaciones y los elementos que deben sustituirse, el precio total y desglosado, la fecha prevista de entrega, así como la indicación sobre el tiempo de validez del presupuesto. El documento debe estar fechado y firmado por el prestador del servicio y deberá incluir un espacio reservado para la fecha y la firma del cliente, aceptando las condiciones. En un 23 por ciento de los casos —según los datos de las inspecciones realizadas por la Junta el año pasado— los talleres no expiden a los usuarios el presupuesto con los requisitos que la normativa exige.

Letra pequeña

Asimismo, los inspectores de Consumo vigilan que se cumpla con la obligación de no incluir —en los resguardos, presupuestos, facturas o cualquier tipo de documentación emitida por el taller— cláusulas relativas a los derechos de los usuarios redactadas en un tamaño de letra inferior a 1,5 milímetros.

Igualmente, el establecimiento debe exponer un cartel relativo a los derechos de los consumidores, con referencia a la garantía que ofrece en las reparaciones. Esta garantía es de tres meses o 2.000 kilómetros, salvo en el caso de vehículos industriales, para los que el plazo de la garantía es de 15 días, tal y como establece la normativa. También debe informar del horario de servicio al público, de forma que sea visible desde el exterior.

Los establecimientos deben tener a disposición del usuario la documentación acreditativa del precio de venta al público de las piezas de repuesto que se usen en las reparaciones, ya que no se puede recargar cantidad alguna sobre dicha cifra, salvo los impuestos y gravámenes legalmente repercutibles.

Asimismo, en el caso de que el precio de la reparación o servicio vaya a resultar mayor que el indicado en el presupuesto, debe comunicarse dicha variación al usuario para que éste preste su conformidad expresa con el aumento de precio. Si no es así, el taller no podrá cobrar por encima de lo presupuestado inicialmente.

RECOMENDACIONES

En relación con los servicios que prestan los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos, la Dirección General de Consumo recomienda a los usuarios que guarden el presupuesto y el resguardo de depósito del vehículo, así como que exijan siempre factura. Asimismo, la Junta aconseja escoger una empresa adherida al sistema arbitral de consumo para poder llegar a un acuerdo extrajudicial en caso necesario.

Es importante también llevar siempre el vehículo a talleres que ostenten en la fachada las placas homologadas con los símbolos de las actividades y especialidades autorizadas y pedir, al dejar el vehículo, un "resguardo de depósito" donde deben figurar los datos del vehículo, los kilómetros que tiene y el motivo por el que deja el vehículo en el taller.

El consumidor debe dejar claro si deja el coche para solicitar presupuesto o para reparar. En caso de que no desee presupuesto, deberá firmar en el resguardo de depósito el apartado correspondiente a 'Renuncia al presupuesto'. Si la persona consumidora lo desea, puede solicitar al taller, cuando le devuelvan el vehículo reparado, que le entreguen una información detallada por escrito de las reparaciones efectuadas.

Por otra parte, las piezas de repuesto deberán ser originales. Únicamente se podrán utilizar elementos reconstruidos o usados previa conformidad escrita del cliente, que, además, tiene derecho a que le entreguen las piezas o elementos sustituidos, y si tiene dudas sobre el precio de las mismas, la factura de compra.

En la plataforma multicanal de Consumo Responde y en las redes sociales, se puede obtener más información sobre con consejos y recomendaciones, garantías y derechos de las personas consumidoras y usuarias y la forma de ejercerlos en esta materia.

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