Tribunales.- Fiscal pide 16 años al absuelto del triple crimen de Palomares, que se enfrenta a un nuevo juicio

El tribunal de jurado para enjuiciar la muerte de la mujer y madre de los otros dos fallecidos será en octubre

La Fiscalía va a solicitar 16 años de prisión para Juan Antonio Z.G. por la muerte en julio de 2011 de una mujer durante un tiroteo registrado en la pedanía de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería) en el que también fallecieron el marido y uno de los hijos de la víctima.

Juan Antonio Z.G. será enjuiciado de nuevo por orden del Tribunal Supremo (TS), que apreció "errores manifiestos" en el veredicto por el que un jurado popular le absolvió de las tres muertes aunque lo será solo en relación a la de Fermina S.F. La vista oral se celebrará, en octubre, también con tribunal de jurado, ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

Tras el primer acto de juicio, el jurado popular consideró que disparó contra el marido y uno de los hijos de la víctima en legítima defensa y contra ella bajo un trastorno mental transitorio ocasionado por la amputación parcial de la nariz como consecuencia de un mordisco pero el Alto Tribunal rechazó que se pudiese aplicar esa eximente a la vista de relato que hacía de los hechos y ordenó repetir el juicio para determinar si estaba en plenas facultades.

En su nuevo escrito de acusación por un presunto delito de asesinato, consultado por Europa Press, el Ministerio Público sostiene que Juan Antonio Z.G. trazó un plan con la "firme intención de causar una muerte cierta" a los miembros de esta familia que se hallasen en el domicilio y con los que "mantenía conflictos de diversa índole desde hacía algún tiempo".

Así, en "ejecución de dicho plan" y de "forma premeditada y estudiada", indica que, en la noche del 16 de julio de 2011, se acercó en coche hasta la barriada de Palomares en la que residían portando una carabina del calibre 22 en "un perfecto estado de funcionamiento, que cargó previamente, cogiendo igualmente 29 cartuchos de reserva en caso de que fuese necesario su uso para el objetivo criminal que se había propuesto".

Una vez que se encontró con padre e hijo, el fiscal relata que, "tras una breve conversación", iniciaron un "forcejeo" en el transcurso del cual, Juan Antonio Z.G., de 44 años, disparo desde el vehículo contra ambos "haciendo uso del arma que portaba, acabando con la vida de los dos, habiendo sido tales hechos ya enjuiciados".

Tras esta precisión, detalla que el procesado vio a la madre y esposa de ambos, "a la que conocía", que acudía al auxilio de sus familiares y que, entonces, ya fuera del coche, "igualmente de modo inopinado y sorpresivo, sin que ella tuviese una opción de defensa, aun yendo esta también desarmada", le apuntó "y sin dudar en ningún momento de su proceder, le disparó dos veces con la intención de causar su muerte".

El Ministerio Público subraya que el segundo disparo lo realizó "a media distancia" de Fermina S.F., quien falleció por heridas en el brazo derecho y la región hemitoráxica lateral derecha, "con destrucción de centros vitales y shock hemorrágico".

Reprocha, asimismo, que el acusado "se marcho del lugar sin atender a sus víctimas, siéndole indiferente el estado de estas y sin tomar ningún tipo de medida de ayuda o de protección de las mismas, que yacían heridas en el suelo".

Juan Antonio Z.G. se dirigió a continuación al cuartel de la Guardia Civil de Cuevas del Almanzora, "entregándose de forma voluntaria y dejando a su disposición el vehículo y el arma al tiempo que le contaba a los agentes lo que había hecho y colaborando", por lo que el fiscal recoge la atenuante de confesión. Considera, no obstante, que no tenía alteradas sus capacidades volitivas e intelictivas cuando disparó y "que gozaba plenamente de ellas" y subraya que carecía de licencia de armas aunque por este delito ya fue juzgado con anterioridad.

Durante la vista oral, que dará comienzo el 26 de octubre y se prolongará durante seis sesiones que concluirán el día 3 de noviembre, el Ministerio Público va a interesar 16 años de cárcel por un delito de asesinato, así como el pago de una indemnización al otro hijo de la fallecida y a sus dos hermanas.

El jurado hizo suya la tesis de la defensa

El Supremo ordenó repetir el enjuiciamiento al considerar que existieron "patentes omisiones" en la motivación de la prueba pericial psicológica por parte del jurado y, además, "errores manifiestos". Señaló, en esta línea, que tales omisiones y errores, dada su entidad, no podían ser corregidos por el magistrado-presidente del tribunal "al no resultar factible que complemente lo que es un vacío real de motivación del veredicto".

Al tiempo, añadía que la sentencia "tampoco" se ajustaba "a las exigencias del derecho a la tutela judicial efectiva" tanto por las "insuficiencias de su motivación como también por algunos errores". Inicialmente se enfrentó a una petición fiscal de 48 años de prisión aunque sólo fue condenado a cinco meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas.

El jurado apreció probado que trató "por todos los medios de defender su vida, que veía en inminente peligro", debido a "la conducta brutal" de padre e hijo, así como a "su fortaleza" y, a consecuencia también del "intenso dolor" que le causó "la mordedura y posterior amputación de su nariz". "No se encontraba en condiciones mentales de comprender el alcance y trascendencia de sus actos al tenerlas totalmente afectadas", concluyó en sintonía con la pericial forense aportada por la defensa.

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