El Parlamento carece de "legitimación activa" para recurrir al TEDH la sentencia del TC sobre decreto-ley antidesahucios

El Parlamento andaluz carece de "legitimación activa" para recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el decreto-ley de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, según un informe elaborado por los servicios jurídicos de la Cámara andaluza, al que ha tenido acceso Europa Press.
Fachada Del Parlamento Andaluz
Fachada Del Parlamento Andaluz
EUROPA PRESS/ARCHIVO/PARLAMENTO
Fachada Del Parlamento Andaluz

El Parlamento andaluz carece de "legitimación activa" para recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el decreto-ley de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, según un informe elaborado por los servicios jurídicos de la Cámara andaluza, al que ha tenido acceso Europa Press.

En el citado informe se apunta que el procedimiento ante el TEDH sólo se puede iniciar mediante demanda interestatal o mediante demanda individual, reguladas respectivamente en los artículos 33 y 34 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Según se precisa, la demanda interestatal sólo se puede presentar por una Alta Parte Contratante del Convenio frente a otra Alta Parte Contratante del mismo. Si bien, el Parlamento carece de legitimación activa para presentar esta demanda, "pues ni es ni representa a un Estado firmante del Convenio".

Para presentar demanda individual por la vía del artículo 34 del Convenio, el informe explica que un demandante debe cumplir dos condiciones: debe entrar en una de las categorías de posibles demandantes mencionadas en este artículo, y debe ser víctima de una violación del Convenio.

De la doctrina del Tribunal se desprende que en este caso el Parlamento de Andalucía tampoco tiene legitimación activa "porque es un órgano público que ejerce competencias y funciones públicas atribuidas por la Constitución, por el Estatuto de Autonomía y demás normativa de aplicación, y porque no tiene la condición de víctima o de persona directamente afectada o concernida por la violación de un derecho convencional imputable a la Sentencia del Tribunal Constitucional".

Por todas estas razones, según se recoge en el citado informe, si el Parlamento de Andalucía presenta demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos denunciando la vulneración del Convenio por la Sentencia del Tribunal Constitucional de 14 de mayo de 2015, "existen fundadas razones para considerar que la misma será declarada inadmisible por incompatibilidad con las disposiciones del Convenio".

IULV-

Ca defiende la capacidad normativa de andalucía

A este respecto, el representante de IULV-CA en la Mesa, José Antonio Castro, ha dicho que su formación va a estudiar "a fondo" el informe jurídico, "acompañado por los votos particulares". "Si no podemos presentar un recurso como afectados, sí vamos a estudiar jurídicamente llevar iniciativas en defensa de la capacidad normativa de Andalucía.

Según ha explicado Castro a los medios, a su salida de la reunión de la Mesa del Parlamento, en la sentencia del TC hay un apartado que nada tiene que ver con lo jurídico, en relación a las supuestas lesiones que el decreto-ley haría a la política económica del Gobierno.

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