El 90% de las obras en Madrid se verán casi exentas del impuesto de construcción desde mayo

  • Concentradas entre las familias con menores rentas y pequeños negocios, se verán casi exentas de pagar el Impuesto de Construcción e Instalaciones.
  • Lo ha anunciado el portavoz del Ejecutivo municipal, Enrique Núñez, para beneficiar a obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.
  • La Agencia Tributaria ha estimado en 15 millones el importe que se dejará de recaudar por este impuesto como consecuencia de esta medida.
El Palacio de Cibeles, sede del Ayuntamiento de Madrid.
El Palacio de Cibeles, sede del Ayuntamiento de Madrid.
EFE
El Palacio de Cibeles, sede del Ayuntamiento de Madrid.

El 90% de las obras en Madrid, concentradas entre las familias con menores rentas y pequeños negocios, se verán casi exentas de abonar el Impuesto de Construcción e Instalaciones (ICIO).

El portavoz del Ejecutivo municipal, Enrique Núñez, ha anunciado esta medida en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, en la que se ha aprobado reducir en un 95% el ICIO, la cantidad máxima fijada por la Ley de Haciendas Locales, que permite una bonificación a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales o de fomento del empleo.

La medida entrará en vigor en mayo y, según el portavoz, se traducirá en una generación total de empleo, derivado del aumento de actividad, de unos 870 nuevos puestos de trabajo a tiempo completo.

La Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid (ATM) ha estimado en 15 millones el importe que se dejará de recaudar por este impuesto como consecuencia de esta medida. El Consistorio establece un límite máximo de la cuantía de la bonificación de 3.000 euros, lo que implica que las obras de coste inferior a los 80.000 euros aproximadamente se verán beneficiadas de la bonificación máxima del 95 por ciento.

A partir de dicho coste de obra, y dado que la cuantía de la bonificación sería de 3.000 euros, este importe equivale a un porcentaje de bonificación decreciente en relación con el coste de la obra (a mayor coste de la obra, menor importancia relativa de esos 3.000 euros de bonificación sobre la cuota del ICIO.

Incluidas en la autoliquidación

Se trata de una bonificación que se aplica condicionada a la declaración de especial utilidad municipal por el Pleno del Ayuntamiento. Por tanto, el contribuyente incluirá en su autoliquidación del ICIO la aplicación de la bonificación (equivalente a la solicitud) y dichas solicitudes serán objeto de remisión mensual al Pleno municipal.

La bonificación máxima afecta a las obras cuyo montante total, la base imponible del impuesto, sea inferior a los 80.000 euros, por lo que se está orientando hacia obras acometidas por las familias, especialmente las de menor renta, y pequeños negocios. Pero ello no implica que el resto de las obras cuyo coste sea superior a esos 80.000 euros no tengan bonificación, sino que el importe de la misma se limita a 3.000 euros.

Los pequeños negocios ya gozaban desde finales de 2013, en el caso de nuevas actividades, de la posibilidad de una bonificación en los primeros 45.000 euros del coste efectivo de las construcciones, instalaciones y obras realizadas. El proyecto contempla incrementar ese límite hasta los 80.000 euros para seguir disfrutando de la bonificación máxima del 95 por ciento, y para obras de mayor coste la bonificación se limitaría a los 3.000 euros.

Implantar una subvención del 95% en el ICIO para los primeros 80.000 euros de coste real y efectivo conllevaría un ahorro para las familias de 2,7 millones de euros y menores costes de actividad para las empresas, calculados en unos 12,3 millones de euros.

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