El Ayuntamiento solo devolverá 286 de las 20.000 multas de tráfico cobradas indebidamente

  • La Ordenanza de Movilidad de 2010 permitía a la  Policía Local imponer sanciones sin parar a los conductores implicados.
  • El Tribunal Supremo ilegalizó esta práctica en 2014 tras una denuncia del colectivo Automovilistas Europeos Asociados.
  • Los afectados que recurrieron la decisión municipal serán los únicos que logren el reembolso de su dinero. El resto, no cobrará.
Imagen de archivo de un agente poniendo una multa de tráfico.
Imagen de archivo de un agente poniendo una multa de tráfico.
Sergio González
Imagen de archivo de un agente poniendo una multa de tráfico.

El Ayuntamiento de Madrid ha comenzado a devolver las multas de tráfico cobradas indebidamente a conductores madrileños al amparo de la Ordenanza de Movilidad aprobada por Alberto Ruiz-Gallardón y declarada ilegal por el Tribunal Supremo en 2014. Sin embargo, solo 286 de los 20.000 posibles afectados recuperarán su dinero, de acuerdo a las cifras aportadas por el Área de Movilidad.

La normativa, vigente desde diciembre de 2010, permitía que los agentes de la Policía Local impusiesen multas en diferido, es decir, sin parar al infractor y sin notificarle que iba a ser objeto de una propuesta de sanción. Para ello únicamente tenían que alegar que se encontraban dirigiendo el tráfico —por lo que no podían abandonar su puesto— o que carecían de medios —motocicleta, coche patrulla— para perseguir al denunciado. El conductor se enteraba de la multa cuando recibía en su casa el boletín con el importe a pagar.

El colectivo Automovilistas Europeos Asociados (AEA) recurrió la normativa alegando que iba en contra de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le dio la razón en abril de 2012 mediante una sentencia que confirmaba que las multas en diferido suponían una excepción irregular al artículo 76.2.a de la Ley 18/2009, que fija las circunstancias en las que un agente de la autoridad puede retrasar la entrega de la denuncia.

"No había razón para admitir un texto reglamentario que amplía la posibilidad de demorar una notificación que en principio y para garantía tanto de la Administración como del denunciado debe realizarse en el acto", concluyó el TSJM.

El Ayuntamiento dejó de aplicar el precepto a partir de ese momento, según el Área de Movilidad, pero recurrió a Tribunal Supremo, que confirmó la sentencia en julio de 2014.

"Tenía afán recaudatorio"

El Consistorio empezó a devolver las multas cobradas indebidamente hace pocas semanas. Sin embargo, no habrá ni los 600.000 'agraciados' que calculaba Automovilistas Europeos ni los 20.000 que estimó en su día el delegado de Seguridad, Enrique Núñez, sino 286.

La explicación, según un portavoz municipal, es que solo aquellos conductores que recurrieron y litigaron con el Ayuntamiento tras pagar la multa tendrán derecho a compensación. "Esas sanciones no eran firmes en el momento de la sentencia. El resto, al pagar, aceptó que había cometido la infracción, así que, según la ley, no se les puede devolver el dinero", explicó la misma fuente.

"Queda claro que único afán del Ayuntamiento era el recaudatorio. Si es una cuestión de seguridad y te encuentras a alguien hablando por teléfono conduciendo de forma temeraria, lo paras en el momento, porque una multa no evita una conducta de riesgo al volante. En lugar de eso, se dedicaban a multar a un coche detrás de otro sin identificar al autor. Solo les importaba que alguien pagase", critica Mario Arnaldo, presidente de AEA.

La Policía Municipal sigue multando hoy sin parar a los conductores gracias a la reforma de la Ley de Tráfico acometida por el PP a nivel nacional. Ahora, los agentes pueden alegar que no pueden detenerse o hacer estacionar al infractor "en condiciones de seguridad" para entregar la notificación en mano.

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