El pleno del Consell ha aprobado este viernes el decreto que regula las funciones y el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de calidad ambiental de la Comunitat Valenciana, según ha informado la portavoz, María José Català, en rueda de prensa.
Se consideran entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, debidamente acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
Las funciones de las entidades colaboradoras comprenderán la toma de muestras, análisis, verificaciones y otras actuaciones dirigidas a determinar la contaminación atmosférica, acústica, de las aguas y a caracterizar residuos, suelos, sedimentos, organismos vivos, vertidos y efluentes de cualquier naturaleza.
También podrán desarrollar funciones de verificación de las declaraciones e información remitida por los titulares de las instalaciones o actividades relacionadas con emisiones de gases de efecto invernadero, declaraciones ambientales conforme al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental (EMAS), registro estatal de emisiones y fuentes contaminantes, análisis de riesgos medioambientales y otras actuaciones requeridas por la Conselleria de Infraestructuras.
Todas las actuaciones que realicen las entidades colaboradoras podrán ser verificadas en todo momento por la conselleria. Los campos de actuación de las entidades se centrarán en inspecciones, informes y toma de muestras en contaminación atmosférica, contaminación acústica, emisiones de gases de efecto invernadero, control de vertidos y calidad de aguas, residuos y suelos contaminantes, sedimentos y organismos vivos, entre otros campos de actuación.
Las entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental para ser inscritas en el registro de la Comunitat Valenciana deberán estar acreditadas por el organismo nacional de acreditación ENAC y tener cubiertas las responsabilidades civiles con una póliza de seguro adecuada y en vigor .
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