El magistrado de la Audiencia recusado por Lopera rechaza sus argumentos para apartarle de la causa

Alega que la recusación planteada podría estar fuera de plazo y que su tío "es un socio más" de la Liga de Juristas Béticos

El magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla Juan Antonio Calle Peña ha entregado un informe a este órgano judicial con el que rechaza la recusación presentada contra él por la defensa del expresidente del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

Cabe recordar que la defensa de Lopera recusó al magistrado ponente de la Audiencia de Sevilla que resuelve los recursos del caso Betis, entre otras razones, porque es sobrino de uno de los socios de la Liga de Juristas Béticos, institución personada como acusación particular en el proceso.

En primer lugar, el magistrado sostiene que la recusación planteada puede estar fuera del plazo establecido para solicitar que un juez deje de conocer y juzgar lo que, por ley, le ha sido encomendado. En este sentido, la ley señala un plazo de 10 días para recusar a un magistrado tras haber tenido conocimiento de que pudiera haber causa que justifique su apartamiento del caso.

En el informe elaborado, el magistrado señala que Lopera conoce desde 2010 que su tío es socio de la Asociación Liga de Juristas Béticos y, a pesar de ello, "se ha tardado cuatro años en solicitar la recusación".

Como segundo argumento, el magistrado expone lo que la ley indica, que no puede existir parentesco de consanguinidad entre el juez que juzga y la persona a la que se juzga. Sin embargo, en este caso las partes personadas en el proceso que juzga el magistrado "son personas jurídicas, entre otras la Liga de Juristas Béticos, que engloban a más de 900 asociados —entre las tres partes denunciantes—, y que en ningún caso se trata siquiera del representante legal de la Asociación Liga de Juristas Béticos, sino de un socio más".

Decisiones "colegiadas"

Calle Peña señala además en el informe que "él es un magistrado más en una Sala donde las decisiones son colegiadas y donde, en los procesos más complejos, siempre las resoluciones han sido tomadas por unanimidad de sus cuatro magistrados".

Respecto a los términos utilizados en las resoluciones adoptadas hasta ahora en las causas abiertas contra Lopera —otro motivo más de recusación para el expresidente del Betis—, el magistrado indica que estos calificativos "son empleados en numerosas sentencias de otros tribunales —como el propio Tribunal Supremo—, sin que pueda deducirse que al utilizarlas hay una intencionalidad de descalificar a la parte que recurre".

Una vez entregado el informe contra la recusación, es un magistrado de la Audiencia Provincial quien instruye la causa y después será ya una Sala distinta a la del magistrado recusado quien lo estime o lo rechace porque la recusación esté o no fuera de plazo, porque haya o no relación de parentesco de consanguinidad o, incluso, determinar si se ha llegado a producir un fraude procesal o abuso de derecho por parte de la defensa de Ruiz de Lopera.

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