Condenan a dos años de cárcel y uno de inhabilitación al dueño de un local que generaba "ruidos constantes"

Acuerdan rebajar la petición de multa a 1.200 euros pero elevan la indemnización a una afectada a 18.000 euros
Juicio por ruidos en Vigo
Juicio por ruidos en Vigo
EUROPA PRESS
Juicio por ruidos en Vigo

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a dos años de prisión, uno de inhabilitación para profesión relacionada con la hostelería y a una multa de 1.200 euros al dueño de una cafetería de Vigo, Fernando C.S., por un delito contra el medio ambiente al producir "ruidos constantes" y superiores al límite permitido desde 2007. Además, el hombre deberá indemnizar a una afectada en 18.000 euros.

El juicio estaba previsto para este miércoles, pero finalmente no ha llegado a celebrarse al llegar todas las partes a un acuerdo de conformidad, tras lo que los magistrados han dictado sentencia, que ha sido declarada firme al haber renunciado todos los implicados a recurrir la decisión judicial.

Así las cosas, Fernando C.S., ha admitido todos los hechos y ha aceptado una pena de dos años de cárcel, ocho meses de multa a razón de cinco euros diarios, y un año de inhabilitación para profesión relacionada con la hostelería, frente a los tres años de cárcel, 15 meses de multa de 10 euros diarios, y dos años de inhabilitación que solicitaba inicialmente la fiscal.

Asimismo, este miércoles se ha decretado la clausura definitiva del negocio, y el condenado deberá indemnizar a la víctima, María Inés R.M., y a su hijo menor de edad en 18.000 euros —frente a los 6.000 euros solicitados inicialmente por la Fiscalía—, que tendrá que abonar en un plazo máximo de cinco años mediante cuotas mensuales no inferiores a 200 euros.

Finalmente, tras declararse firme la sentencia, el abogado de la defensa ha solicitado la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel para su cliente —quien no tiene antecedentes penales anteriores—, petición a la que no se han opuesto la acusación ni la Fiscalía siempre que Fernando C.S. no cometa otro delito ni deje de abonar los pagos en plazo.

Los hechos

Según el escrito del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se produjeron "prácticamente desde que Fernando empezó a explotar" una cafetería localizada en la calle Doctor Canoa, en noviembre de 2007, donde, según varias mediciones, el ruido producido excedía el límite máximo permitido, llegando a percibirse en una vivienda del primer piso.

Por estos motivos, el Ayuntamiento de Vigo incoó en 2010 un expediente sancionador por contaminación acústica contra el dueño del local, que derivó en una sanción de 1.502,53 euros. Posteriormente, en 2012 se le incoó un segundo expediente por el que se ordenó que adoptara medidas de adaptación del local a la licencia de que dispone — café bar sin música—, tras lo que se le ordenó el cese de su actividad.

Como consecuencia del ruido "constante", la denunciante, que tiene un hijo de 12 años con epilepsia y migrañas, sufre sintomatología ansioso-depresiva, con insomnio e irritabilidad, por lo que ha precisado de tratamiento psiquiátrico y psicológico.

"un precedente"

La abogada de la acusación, Nieves Otero, ha puesto en valor que esta sentencia supone "un precedente de que no se puede jugar con los ruidos", puesto que, "por lo menos en la Audiencia de Pontevedra, no había ninguna sentencia al respecto". De esta forma, ha incidido en que "la gente tiene que pensar que perjudicar el derecho de residencia, de descanso y de poder vivir tranquilamente tiene sus consecuencias".

"Para nosotros es una satisfacción el saber que la gente ahora cuando tenga este problema tiene un apoyo y puede solucionarlo gracias a las penas de prisión que puede suponer esto", ha recalcado la letrada, que ha señalado que, aunque podían "haber obtenido una pena superior", han llegado al acuerdo "mínimo para evitar el ingreso en prisión". "Mi cliente era lo último que quería", ha asegurado.

Así las cosas, ha hecho hincapié en que la familia sufría los ruidos desde 2007 y "el máximo perjuicio tuvo que ver con el hijo", puesto que es una persona enferma, que no podía "acudir regularmente al colegio". "Son cinco años de estar sufriendo vibraciones y ruidos" y de no poder "tener una vida normal", ha explicado.

De hecho, ha indicado que la afectada tuvo que recibir tratamiento psiquiátrico durante 557 días y que madre e hijo llegaron a cambiar temporalmente su residencia en verano y reiteradamente se veían obligados a salir a la calle a pasear "para evitar una situación de estrés constante".

En lo relativo a llevar el caso por la vía penal, la letrada ha aseverado que "intentaron por todos los medios posibles evitarlo", pero, con los "problemas psicológicos y la agravación de la enfermedad" del menor, ésta "fue la única vía para al final conseguir la clausura" del negocio, que se produjo el pasado año 2012. En la actualidad, y tras el cierre del local, la mujer "ha recuperado la normalidad de su vida y su hijo se encuentra mucho mejor también", ha comunicado la abogada.

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