Aprobadas las Zonas de Gran Afluencia Turística para horarios en Almería, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla

El Consejo Andaluz de Comercio, en el que están representados todos los agentes implicados en el sector, ha aprobado este jueves las declaraciones de Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) a efectos de horarios comerciales en determinadas áreas y periodos temporales de las ciudades de Almería, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla para los próximos años 2015, 2016, 2017 y 2018.

El Consejo Andaluz de Comercio, en el que están representados todos los agentes implicados en el sector, ha aprobado este jueves las declaraciones de Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) a efectos de horarios comerciales en determinadas áreas y periodos temporales de las ciudades de Almería, Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla para los próximos años 2015, 2016, 2017 y 2018.

En el caso de los cuatro primeras capitales, el órgano consultivo ha tomado en consideración la propuesta de ZGAT presentada de oficio por la Consejería de Turismo y Comercio, ya que ninguno de los ayuntamientos correspondientes ha presentado en los plazos establecidos una solicitud formal con una delimitación temporal y espacial, siendo el Consistorio de la ciudad hispalense el único que sí la ha presentado.

Según señala la Junta en una nota, la delimitación de estas ZGAT responde a la imposición que establecen varias normativas del Gobierno central en la materia, sobre las que la Junta de Andalucía ha presentando dos recursos ante el Tribunal Constitucional por entender que invaden competencias exclusivas recogidas en el Estatuto de Autonomía sobre regulación y ordenación del sector comercial, entre otros motivos.

Así, en el caso de Almería, se establece como Zona de Gran Afluencia Turística a afectos de horarios el área del conjunto histórico de la ciudad declarada y delimitada como Bien de Interés Cultural (BIC), para los períodos de Semana Santa, del Domingo de Ramos a Sábado Santo, y el mes de agosto completo, de los días 1 al 31.

Para Córdoba, serán Semana Santa (desde Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos) y del 2 al 31 de mayo, en la zona incluida en la Declaración de Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. El límite norte es la calle Lope de Hoces, Plaza de la Trinidad, calle Horno de la Trinidad, calle Valladares, Plaza Pineda, calle Leopoldo de Austria, Plaza de San Juan, calle Barroso, calle Ángel de Saavedra, calle Juan Valera, calle Santa Victoria, Plaza de Santa Victoria, calle Pompeyos, calle Ambrosio de Morales y calle Cuesta de Luján; mientras que en el sur el límite son acera Mira al Río, calle Bajada del Puente, avenida Fray Albino y Puente de San Rafael.

Por su parte, el límite este de la zona declarada en la capital cordobesa son calle San Fernando, Plaza de la Cruz del Rastro, Puente de Miraflores; y el límite oeste queda fijado en la Avenida del Corregidor, Puerta de Sevilla, calle Huerta del Rey, calle Doctor Barraquer, calle Terrones, calle Martín de Roa, Plaza Manuel Garrido Moreno, calles Hasday Ibn Shaprut, calle Cairuán, Puerta de Almodóvar y Avenida de la Victoria.

La declaración ZGAT de la ciudad de Granada tendrá vigencia durante los periodos de la Semana Santa (desde Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos) y del 2 al 31 de mayo. En este caso, el área afectada corresponde a la zona de amortiguamiento para la Alhambra, el Generalife y Albaycín, recogida en la Declaración de Patrimonio de la Humanidad por la Unesco.

Málaga y sevilla

En Málaga los períodos son Semana Santa (desde Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos) y todo el mes de agosto. La ZGAT abarca el Área Este (Paseo de Reding, Gutemberg, Paseo Marítimo Pablo Ruiz Picasso, Paseo Martímo ciudad de Melilla, Paseo de la Farola, Muelles Uno y Dos del Puerto) y el Área Centro (Calles Carretería, Álamos, Cárcer, Plaza de Jerónimo Cuervo, Ramos Marín, Gómez Pallete, Plaza de la Merced, Victoria, Plaza de la Victoria, Compás de la Victoria, Plaza de la Alcazaba, Túnel de la Alcazaba, Avda. Manuel Agustín Heredia y margen derecha del río Guadalmedina hasta la calle Carretería).

En el caso de la capital hispalense, los períodos de ZGAT serán Semana Santa (desde Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos), así como el domingo anterior a esta celebración y los dos domingos siguientes a la misma.

El área afectada por esta declaración en Sevilla es el casco antiguo delimitado por las calles que se relacionan: Glorieta Los Marineros, Avenida María Luisa, Glorieta de San Diego, Avenida El Cid, Plaza Don Juan de Austria, Avenida Menéndez Pelayo, Calle Recadero, Calle María Auxiliadora, Ronda de Capuchinos, Calle Muñoz León, Calle Parlamento de Andalucía, Calle Resolana, Calle Torneo, Calle Arjona, Paseo Cristóbal Colón y Paseo de las Delicias.

La declaración de la ZGAT sólo afecta a los establecimientos que actualmente no tengan autorización de apertura, ya que, una vez reconocida como tal, estos comercios podrán abrir sin limitación alguna durante los periodos establecidos. En este sentido, la Ley autonómica fija plena libertad para los locales de menos de 300 metros cuadrados, tiendas de conveniencia y establecimientos de estaciones y aeropuertos, entre otros.

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