El BOE publica la reforma fiscal que entrará en vigor en enero

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes el texto de la reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero después de ser aprobada definitivamente por el Congreso el pasado 20 de noviembre, con la que el Gobierno pretende impulsar el crecimiento económico, la creación de empleo y la competitividad empresarial.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes el texto de la reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero después de ser aprobada definitivamente por el Congreso el pasado 20 de noviembre, con la que el Gobierno pretende impulsar el crecimiento económico, la creación de empleo y la competitividad empresarial.

Según ha recordado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en una nota de prensa, la reforma fiscal está estructurada en tres proyectos de ley, relativos a la reforma del IRPF y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, el Impuesto sobre Sociedades, y la modificación del IVA, del Régimen Económico Fiscal de Canarias y de la Ley por la que se establecen determinadas Medidas en materia de Fiscalidad Medioambiental.

El Ministerio asegura que el texto incluye una rebaja de la carga fiscal para 20 millones de contribuyentes, se simplifican y modernizan los principales tributos para hacerlos más justos y equitativos a la vez que se favorece el ahorro, la inversión y se incentiva la lucha contra el fraude. En total, dejará en manos de los contribuyentes 9.000 millones de euros en dos años, que harán posible un crecimiento adicional del PIB del 0,55%.

En el caso del IRPF, el número de tramos se reduce de siete a cinco y el tipo mínimo pasa del 24,75% al 20%, en 2015, y al 19%, en 2016, mientras que el tipo máximo de gravamen pasa del 52% al 47%, en 2015, y al 45%, en 2016. Según Hacienda, como consecuencia de estos cambios 20 millones de contribuyentes contarán cada mes con más renta disponible desde enero de 2015. La rebaja media será del 12,5%.

Además, aumentan los mínimos familiares hasta el 32% y se crean tres nuevos 'impuestos negativos' o categorías de beneficios sociales para familias y personas con discapacidad. Por otro lado, se cambia la tributación del ahorro y se queda con tres tramos: del 19% en 2016 hasta 6.000, del 21% desde 6.000 hasta 50.000 euros y del 23% a partir de 50.000 euros.

Por otro lado, se crean los planes 'Ahorro 5' que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garanticen la restitución de, al menos, el 85% de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años.

En el caso de los planes de pensiones se mantiene su régimen fiscal, pero se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año. Se podrán rescatar cantidades correspondientes a planes de pensiones transcurridos 10 años. Por otro lado, se reduce de 10 a 5 años el plazo mínimo de un plan individual de ahorro sistemático (PIAS).

En la tributación de la vivienda, la reforma regula el final del régimen transitorio de aplicación de los coeficientes de abatimiento a las ganancias patrimoniales por transmisión de inmuebles y otros bienes, cuando la suma acumulada del valor de transmisión de los bienes enajenados desde el 1 de enero de 2015 alcance 400.000 euros para cada contribuyente. El proyecto inicial eliminaba esos contribuyentes.

De este modo, seguirán siendo de aplicación los coeficientes para las ganancias a las que corresponda el derecho conforme a la norma actual, en todos los bienes transmitidos desde el 1 de enero de 2015 hasta que la suma acumulada del valor de transmisión de los bienes supere 400.000 euros. A partir de esa cifra, las ganancias patrimoniales no podrán reducirse.

Además, se establece una nueva tributación en las indemnizaciones por despido, aunque con un mínimo exento de hasta 180.000 euros. En el anteproyecto, el Gobierno estableció un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado, medida que generó mucha controversia entre agentes sociales y la mayoría del parlamento, por lo que el ejecutivo decidió finalmente elevar el mínimo.

Bajan las retenciones de los autónomos

Para autónomos con rentas inferiores a los 15.000 euros, el tipo de retención se redujo en julio del 21% al 15% y para el resto bajará del 21% al 19% en 2015, y al 18% en 2016. En el trámite parlamentario se ha acelerado la rebaja en las retenciones de profesionales, puesto que el proyecto inicial contemplaba una rebaja del 21% al 20%, en 2015, y al 19%, en 2016.

En el Impuesto sobre Sociedades, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 28%, en 2015, y al 25%, en 2016. Además, se crea una reserva de capitalización (minoración del 10% de la base imponible por incremento de fondos propios) que sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.

Cambios en las deducciones

Además, se reordenan las deducciones, manteniendo las de por creación de empleo y potenciando la de I+D+i. En ese último caso, aquellas empresas que destinen cuantías superiores al 10% de su cifra de negocio a I+D podrán elevar de 3 a 5 millones de euros anuales el importe monetizable de la deducción por I+D.

La reforma incluye además nuevos incentivos fiscales a actividades muy determinadas, que ayuden al crecimiento económico y al cambio de modelo productivo, como las actividades industriales. Así, para mejorar la competitividad de los procesos productivos intensivos en electricidad, se amplía la exención parcial (85%) del impuesto de electricidad a todos los procesos en los que el coste de la electricidad supere el 50% del coste de producción del producto.

Además, se impulsan las actividades de mecenazgo, puesto que la deducción por donativos en el IRPF se eleva del 25% al 30%. Para incentivar la estabilidad en la aportación de estos recursos el porcentaje se eleva en otros 5 puntos si se mantiene durante tres años, tanto en el IRPF y como en el Impuesto sobre Sociedades.

Pocos cambios en el iva

Para ampliar la participación social en estas actividades, se fija, en dos fases, una deducción del 75% para donativos inferiores a 150 euros (micromecenazgo). El donativo que exceda de esta cantidad se beneficiará de los otros tipos incrementados.

En cuanto al IVA, la reforma mantiene inalterados los tipos de gravamen del IVA y de los impuestos especiales para no dañar el consumo, aunque en el trámite parlamentario se aprobaron enmiendas por las que los servicios de monitores en comedores escolares estarán exentos de IVA y las flores y plantas vivas de carácter ornamental tributarán al tipo reducido del 10%.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento