Novedades en los planes de pensiones privados

  • Las comisiones se reducen, la información de compra será más transparente, baja el máximo de aportación y se podrá rescatar el plan a los10 años sin obtener ninguna penalización.
  • El Gobierno actual ha firmado medidas para reducir las comisiones y para conseguir mayor transparencia.
  • Especial Planes de pensiones.
La última reforma fiscal contiene aspectos positivos y negativos para los partícipes de los planes de pensiones.
La última reforma fiscal contiene aspectos positivos y negativos para los partícipes de los planes de pensiones.
GTRES
La última reforma fiscal contiene aspectos positivos y negativos para los partícipes de los planes de pensiones.

El año que termina ha sido muy relevante en cuanto a novedades fiscales para el sector financiero español. Los planes de pensiones son uno de los productos más afectados, y hay ciertos aspectos que cambian desde el 1 de enero de 2015.

El límite impuesto a las aportaciones máximas pasa a ser de 8.000 euros anuales independientemente de la edad, frente a los 10.000 euros para menores de 50 años y 12.500 euros para mayores de esa edad que hay establecidos como tope en la actualidad. Estos 8.000 euros serán también a partir del próximo año el máximo de reducción en la base imponible del IRPF. Supone una diferencia a la baja entre el 20 y 36% y es una de las decisiones tomadas por el Gobierno que más críticas ha levantado en el sector, tanto por parte de la industria como por parte de los partícipes.

Rescate ante la crisis

Desde 2015 se permitirá, además, el rescate del plan de pensiones a los 10 años; estableciéndose la primera ventana de liquidez en 2025. Hasta ahora solo se podía hacer antes de la jubilación, sin que hubiera penalización en casos extremos, como la invalidez permanente; el fallecimiento del beneficiario; una enfermedad grave; una dependencia total y el desempleo de larga duración sin prestación. Según datos del Observatorio Inverco, en 2014 fueron 104.500 los desempleados que recuperaron su plan de pensiones anticipadamente para paliar su situación económica; en total retiraron 462 millones de euros. La diferencia es importante con respecto a 2007, año del inicio de la crisis, cuando solamente optaron por rescatar las aportaciones 5.840 parados.

La reforma introduce, por otro lado, cambios en el tipo impositivo para el momento en el que se produzca el rescate del producto de ahorro. Hasta 2014 se tributa-rá como rendimiento de trabajo en la base general, con unos tipos que se situarán entre el 24,75 y el 52%. A partir de 2015 la horquilla baja entre un 20 y 47%, y des-de 2016, se situará entre el 19 y 45%.

Por otro lado, el Ministerio de Hacienda ha decidido abrir un periodo de seis meses para regularizar sin sanción las pensiones procedentes del extranjero que cobren residentes en España y que no hayan sido declaradas en el IRPF. Será a partir de enero.

Menos costes

Otra de las medidas que el Gobierno actual ha adoptado a favor del partícipe es la reducción de las comisiones, que ya algunas entidades han aceptado antes incluso de que termine este año, según confirma Ángel Martínez-Aldama, director del Observatorio Inverco.

Los costes por gestión bajan una media del 30%, de tal forma que las comisiones máximas pasan del 2,5% actual al 1,75%. Según cálculos de Economía, y con respecto a lo que pagan actualmente los clientes, esta medida beneficiará a unos cuatro millones y medio de partícipes y les supondrá un ahorro anual conjunto de 121 millones de euros.

El Real Decreto aprobado el verano pasado por el Partido Popular también obliga a una mayor transparencia por parte de las gestoras a la hora de informar sobre los planes de pensiones que comercialicen. En este sentido, a través de un folleto informativo (como pudiera ser un tríptico) las entidades tendrán que detallar todas las inversiones que realiza el fondo de pensiones al que está adscrito el producto y en qué proporciones, así como las rentabilidades obtenidas por el mismo en los últimos 20 años.

Igualmente, esta información también tendrá que ser pública en la página web de la entidad comercializadora, donde tendrá que reflejar al completo todo lo relativo al producto, así como sus posibles riesgos.

Protección

La contratación de un plan de pensiones precisa de asesoramiento si el partícipe no es un experto en la materia. De hecho, siempre debe ser así para cualquier producto financiero. En este momento, además, la reforma fiscal puede ampliar el número de dudas. Las entidades que comercializan planes de pensiones pueden orientar sobre la conveniencia de una opción u otra de acuerdo a su perfil de riesgo y sus objetivos. Sin embargo, desde la Asociación Europea de Asesores Financieros (EFPA) aconsejan que se recurra a una entidad independiente.

  • Control interno: Los planes de pensiones están sometidos al propio control de la gestora y depositaria del fondo, que por ley están sujetas a tener responsabilidad por los perjuicios que puedan causar al promotor, partícipe y beneficiario del producto, según detallan desde Aviva.
  • Control externo: Existe un segundo nivel de supervisión, que por ley afecta a los profesionales independientes y auditores. Los planes de pensiones se auditan anualmente por una firma independiente, al igual que la gestora y la entidad depositaria.
  • Control público: El Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Dirección de Seguros y Fondos de Pensiones, ejerce un control sobre la situación legal, técnica, financiera y patrimonial de los planes, su patrimonio y las entidades gestoras.
  • Reclamaciones: Si no está conforme con la actuación de su gestora, puede presentar la correspondiente queja. En primer lugar, puede hacerlo ante el servicio o departamento de atención al cliente de la entidad. Como segundo paso, puede acudir al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Como último recurso, puede presentar su demanda ante los tribunales o ante un órgano arbitral aceptado por las dos partes.
  • Resolución: Las entidades gestoras tienen la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones de sus clientes en un plazo máximo de dos meses. Es importante que se adjunten los datos y la documentación completa para evitar que se archive la demanda.

 

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