Los internos estuvieron sin comer ni salir 18 horas por alerta de ébola en el CIE de Aluche

  • A causa de la sospecha de que algún pudiera estar enfermos se recluyó a todos en sus celdas y no se les dio alimento ni se les informó de lo que pasaba.
  • Un juez que supervisa el CIE ha emitido un auto en el que dice que "bajo ningún concepto un protocolo policial puede violar derechos fundamentales".
  • Considera el magistrado que "constituye una arbitrariedad policial inadmisible" y da órdenes para que no se repita.
Zona de celdas del CIE de Aluche.
Zona de celdas del CIE de Aluche.
Emilio Naranjo / EFE
Zona de celdas del CIE de Aluche.

Una sospecha de que alguno de los internos pudiera estar infectado de ébola en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Aluche (Madrid) provocó el pasado 1 de octubre la puesta en marcha de un protocolo por el cual los internos estuvieron sin recibir alimentos y sin abandonar sus celdas durante 18 horas consecutivas, tiempo en el que además, y según denuncian las ONG's SOS Racismo y Ferrocarril Clandestino, tampoco se les informó del motivo por el que estaban tomándose esas medidas, según adelantó la Cadena Ser.

Tras la queja, elevada al Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid, en funciones de control jurisdiccional del CIE, el juez emitió un auto en el que se critican las medidas seguidas tanto por la dirección del centro como por los propios agentes.

Los internos, dice el auto, "gozan de un Derecho Fundamental Humano como es la Dignidad", y recuerda que "bajo ningún concepto un protocolo policial puede violar derechos fundamentales de los internos y mucho menos atacar a su dignidad".

Así, el juez, que ordena que se de cumplimiento al auto, asevera que "bajo ningún concepto se puede privar a los internos e internas del alimento diario" y que esta medida "constituye una arbitrariedad policial inadmisible, bien fuese ordenado por un simple mando policial o por el Director del Centro".

Para el juez la sospecha de que el ébola pudiera haber llegado al CIE no es una excusa válida: "Bajo ningún concepto se puede utilizar como pretexto la hipótesis de que un interno pudiese eventualmente estar afectado de la infección del virus del ébola".

Para el juez además resulta preocupante "que los Agentes de Policía fueran provistos de mascarillas en el interior del CIE y sin embargo no se facilitase a las personas internas", lo que constituye a su entender "una flagrante discriminación".

Además, sentencia que "constituye un derecho mínimo de los internos el que se les informe debidamente sobre la posible existencia de una persona afectada por una enfermedad contagiosa tan grave".

Así, el juez hace un requerimiento al director del centro para que "siempre se respete y se proporcione el derecho a recibir alimentos" y para que "se proporcionen mascarillas para todas las personas internas" si se da un caso similar.

El magistrado recuerda además que no deben ser los agentes de policía los que "decidan qué internos o internas van un día u otro a recibir asistencia médica" y que "toda persona internada tiene derecho a ser atendida por los servicios médicos".

Fuentes de las ONG que realizaron la denuncia consultadas por 20minutos.es han asegurado que "la vulneración de derechos como el de la salud es más la norma que la excepción" y critican que aunque en este caso es el ébola, "que llama mucho la atención", ha habido "casos reales de otras enfermedades contagiosas". Además, hacen ver desde las ONG que en el CIE no hay servicio médico las 24 horas, "sino una consulta por las mañanas", por lo que el resto del tiempo "es un policía el que valora quién va al hospital".

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