Consumo inspecciona, con la colaboración del CAA, las prácticas comerciales desleales o ilícitas en radio y televisión

La campaña comprende también el control de folletos publicitarios y prensa escrita

La Secretaría General de Consumo está realizando inspecciones con la colaboración del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) en el sector publicitario para comprobar las informaciones comerciales de folletos publicitarios y medios de comunicación, excluyéndose las difundidas a través de Internet, que son objeto de control en el marco de la campaña de inspección de comercio electrónico que anualmente realiza la Administración de Consumo.

Según informa la Secretaría General de Consumo en un comunicado, durante la campaña, que se prolongará hasta el 31 de enero de 2015, está previsto realizar un total de 415 controles.

El objetivo es proteger los derechos de las personas consumidoras derivados de informaciones comerciales y publicidad de bienes y servicios, conforme a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, y la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

De los controles previstos, un total de 400 se distribuyen entre folletos publicitarios (30 por ciento), televisión (30 por ciento), prensa escrita (20 por ciento) y radio (20 por ciento). Los otros 15 controles se centran en el examen de la publicidad que ofrecen productos sanitarios, informándose a la Consejería competente en caso de detectarse irregularidades.

El CAA colabora en esta campaña, conforme al convenio suscrito en febrero de este año, poniendo a disposición de los técnicos de la Junta grabaciones de diversos canales de televisión y de radio, para que sean visionados y analizados por la Inspección de Consumo en el curso de sus actuaciones para comprobar que la publicidad emitida en los mismos cumple la normativa vigente.

Respecto al contenido de las publicidades, en cada provincia se examinan diferentes sectores como ocio y espectáculos, transportes y viajes, restaurantes de comida rápida, textil, calzado, establecimientos de hogar, parafarmacias, herboristerías, perfumerías, centros de salud y estética y grandes superficies, entre otros. En todos ellos se comprueba si existen prácticas comerciales desleales, irregulares o ilícitas, así como la disponibilidad real y efectiva de existencias de lo ofertado y la indicación de los precios de los productos y servicios.

Resultados campaña 2013

En el marco de la citada campaña se han levantado un total de 213 actas, resultando positivas el 32 por ciento (69 actas frente a 118 en 2012), habiéndose visitado 208 establecimientos.

Entre las irregularidades más relevantes, destaca que en 32 casos (15 por ciento) se emitía publicidad que contenía información falsa o que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación podría inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico.

Además, se ha comprobado que el establecimiento no dispone de existencias de lo ofertado en el nueve por ciento de los casos, y que si el producto está agotado, no se facilita la reserva del artículo en las mismas condiciones anunciadas (20 por ciento de los casos). Además, se ha comprobado que en un 60 por ciento de los supuestos no se informa al consumidor en las ofertas de esa posibilidad de reserva.

En cuanto a los precios, las principales infracciones vienen dadas por no fijarlos con exactitud (17 por ciento de los controles) y no incluir gastos adicionales que se repercuten en el consumidor (24 por ciento).

Defensa de derechos e intereses

La Secretaría General de Consumo aconseja conservar folletos publicitarios y anuncios de prensa o cualquier otro medio que anuncie ofertas o promociones, puesto que son vinculantes y obligan al anunciante. Por ello, debe conservarse el ticket o factura, documentos que sirven de comprobante para acreditar la compra ante cualquier reclamación.

Asimismo, recomienda no comprar por impulso y no dejarse presionar por la publicidad agresiva, así como fijarse detenidamente en la letra pequeña. Igualmente, se recuerda que los establecimientos deben disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras, para lo cual se exhibirá un cartel que informe claramente de su existencia.

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