Un juez anula sendas órdenes de compra de preferentes y subordinadas y condena a la entidad a abonar 21.937 euros

Una sentencia dictada por el titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona anula sendas órdenes de compra de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, y condena a una entidad bancaria a abonar 21.937,86 euros. La resolución puede ser recurrida.

Una sentencia dictada por el titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona anula sendas órdenes de compra de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, y condena a una entidad bancaria a abonar 21.937,86 euros. La resolución puede ser recurrida.

El juez da la razón a una mujer que había reclamado la anulación de dos contratos u órdenes de compra de participaciones preferentes suscritos en mayo de 2009 y abril de 2010 con una entidad financiera.

La sentencia expone que "del examen de la prueba solo cabe deducir que no se proporcionó a la actora la información suficiente sobre las referidas participaciones preferentes y sobre las obligaciones subordinadas, pues sólo se le proporcionó una información genérica sobre los productos que adquirió, cuando no errónea".

El juez añade que, "con arreglo a las reglas de la sana lógica, sólo cabe concluir que los empleados de la entidad demandada con los que trató la demandante en cada ocasión no cumplieron con el deber informativo a que estaban obligados con arreglo al principio de buena fe contractual y a la normativa".

Señala que "la demandante adquirió los citados productos con una idea muy equivocada, motivada por la información errónea e incompleta que se le proporcionó y que suministraba la propia orden de compra".

La sentencia afirma que "ni siquiera consta acreditado que se proporcionara a la demandante, con carácter previo a las inversiones y a pesar de la naturaleza compleja arriesgada de las mismas, una información escrita detallada sobre sus características, funcionamiento y riesgos".

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