Según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Sindicato de Obreros del Campo "tiene legitimación para ejercitar acción penal por falta de injurias" contra Cayetana Fitz James Stuart, Duquesa de Alba, y pide una nueva sentencia a la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla, que absolvió a la aristócrata porque la falta de injurias que le imputaron solo puede ser denunciada por una persona física y no jurídica.
Cayetana Fitz-James Stuart se vio libre de la multa de 20.000 euros que pidió el SOC para ella por haber dicho a una cadena de televisión que quienes se manifestaron contra su designación como Hija Predilecta de
Andalucía, el 28 de febrero de 2006, eran "unos delincuentes" y "unos cuantos locos que me dan igual".
"La magistrada titular del Juzgado de procedencia dictará nueva sentencia en la que, con libertad de criterio, se pronunciará sobre la realidad o no de los hechos imputados y su posible encaje en la infracción penal", en función "de las pruebas practicadas en el juicio oral", dice la sentencia.
El SOC recurrió la absolución de la duquesa de Alba porque las injurias que profirió contra él atacaron "la razón y la idiosincrasia" del sindicato, una central "con vocación claramente reivindicativa".
El recurso decía que los insultos presuntamente proferidos por la duquesa "se dirigen no sólo contra su actividad sindical lícita y constitucionalmente protegida", sino contra la "honradez e integridad" que son su razón de ser.
Así, explica que el SOC no desarrolla una actividad sindical "de representación mediante comités o delegados y no se presenta a las elecciones sindicales", sino que "tiene configurados sus rasgos como asociación de trabajadores para la reivindicación".
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