Mujeres maltratadas y sus hijos podrán trasladarse a casas de acogida de una comunidad autónoma distinta a la que residen en un plazo máximo de 15 días desde la recepción de la solicitud o en 24 horas en caso de que sea una situación de máximo riesgo.
Así lo han acordado el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y las comunidades autónomas a través de un 'protocolo de derivación entre las comunidades autónomas para la coordinación de sus redes de centros de acogidas de mujeres víctimas de violencia e hijos'.
Se trata de un documento al que se han adherido todas las comunidades autónomas, salvo Cataluña y País Vasco "por motivos competenciales", según ha explicado la secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero, al término de la Conferencia sectorial de Igualdad.
Así, se establece un marco común de actuación de acuerdo con las premisas de la seguridad, la recuperación y la confidencialidad de las mujeres víctimas y de sus hijos.
Las comunidades autónomas de origen de la propia víctima, o en su caso, si así lo acuerdan, las comunidades de procedencia y de acogida asumirán los costes del desplazamiento. Asimismo, cuando llegue la unidad familiar al nuevo centro, los hijos serán escolarizados de forma inmediata y a la mujer se le aplicarán los recursos y servicios que su situación concreta haga necesarios, al igual que el itinerario profesional de asistencia pertinente.
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