La Viceconsejería de Turismo del Gobierno de Canarias ha establecido la tramitación electrónica obligatoria para el inicio, modificación o cese de actividades de intermediación turística y agencias de viaje.
Según informó el Ejecutivo regional, se cumple así con el Decreto 37/2014, de 9 de mayo, mediante el cual la presentación de comunicaciones, declaraciones, solicitudes, escritos o cualquier otro documento se hará, exclusivamente, por registro electrónico, tanto por las personas físicas como jurídicas y representantes.
De esta forma, los solicitantes están obligados a utilizar medios electrónicos durante la tramitación completa del expediente. Estos medios electrónicos están disponibles en la sede electrónica de la Presidencia del Gobierno en la dirección https://sede.gobcan.es/presidencia.
El viceconsejero de Turismo, Ricardo Fernández de la Puente Armas, explicó que "el usuario ya no tendrá que desplazarse a presentar papeles; abrir o cerrar una agencia de viajes se deberá hacer de forma electrónica, lo que agiliza enormemente la actividad turística".
"Además, por parte de la Administración las notificaciones se realizará a su vez de forma electrónica", indicó.
Por su parte, la Viceconsejería de Turismo ha puesto a disposición de los usuarios un servicio de apoyo para cualquier información sobre los procedimientos, a través del servicio de información 012, y para las incidencias técnicas, a través del Apartado de Consultas e Incidencias de la sede electrónica.
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