Las parejas estables que quieran equipararse fiscalmente a los matrimonios deberán solicitarlo expresamente

Las parejas estables que quieran equipararse fiscalmente a los matrimonios deberán inscribirse en el registro que ha habilitado el Gobierno de Navarra con este fin. Esta gestión la podrán realizar cuando presenten su próxima declaración de la renta, a través de una casilla que será incorporada a tal efecto, o presencialmente en las oficinas de asistencia e información al público de Hacienda Navarra.

Las parejas estables que quieran equipararse fiscalmente a los matrimonios deberán inscribirse en el registro que ha habilitado el Gobierno de Navarra con este fin. Esta gestión la podrán realizar cuando presenten su próxima declaración de la renta, a través de una casilla que será incorporada a tal efecto, o presencialmente en las oficinas de asistencia e información al público de Hacienda Navarra.

Este registro, que es únicamente para cuestiones fiscales y no sustituye al civil, ha sido regulado por una orden foral de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del Gobierno foral, Lourdes Goicoechea, que publica este viernes, 28 de febrero, el Boletín Oficial de Navarra.

Según ha expuesto el Ejecutivo en un comunicado, una sentencia del Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la equiparación obligatoria de las parejas estables a los cónyuges que establecía la legislación foral. Por lo tanto, las parejas estables que quieran tener el mismo trato fiscal que tienen los matrimonios deben solicitarlo voluntariamente.

Esta equiparación tiene efectos para los impuestos sobre la renta de las personas físicas (IRPF), sobre el patrimonio, sobre sucesiones y donaciones, sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos, y sobre sociedades. Además, el registro fiscal creado también permite inscribir los pactos sobre el régimen económico de la pareja.

Para solicitar la inscripción es necesario tener la condición de pareja estable con arreglo a lo dispuesto en la normativa civil que sea de aplicación. Asimismo, deberán darse de baja si la pareja se extingue. Esta cancelación también puede realizarla cualquier a de los miembros de la pareja aunque no pongan fin a su relación.

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