El Tribunal Supremo ha condenado al pago de un total de 13.500 euros de indemnización por una falta de lesiones a Mabel O. O. por agredir a otra mujer a la que, tras una discusión, golpeó repetidas veces a pesar de que estaba embarazada, lo que provocó que abortara.
La sentencia del alto tribunal confirma la condena que la Audiencia Provincial de Madrid impuso. La instancia inferior calificó como una falta de lesiones −en lugar de un delito de lesiones, que hubiera supuesto una pena más dura− la conducta de Mabel O.O. y la absolvió del delito de aborto doloso.
De este modo, aquella sentencia imponía castigos menores −los correspondientes a un falta− pero valoraba en 10.000 euros la indemnización que debía ser pagada a la mujer embarazada "por la pérdida del hijo en gestación" y en 3.500 euros a Mohamed I., la pareja de la víctima.
El único recurso presentado contra aquel fallo fue el de la condenada y, en respuesta a este único recurso el Supremo rechaza la petición de la defensa y confirma la condena.
Discusión
Los hechos de la sentencia relatan cómo en el día de autos las dos mujeres discutieron por diferencias en torno a la habitación que la agresora había alquilado a la víctima y su pareja y, cuando la tensión subió de tono, Mabel O.O., "quien tenía conocimiento de que Jennifer S. estaba embarazada de tres meses", la agredió.
"Le arrancó mechones de cabello y le propinó golpes diversos, alguno de ellos en la zona abdominal" y, como consecuencia de los golpes recibidos "se produjo el aborto del feto".
El Supremo no acepta que, como argumentaba la defensa de la condenada, se haya vulnerado su presunción de inocencia cuando se dan por probados estos hechos y confirma la pena.
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