La Fiscalía no ve "ningún motivo extraordinario" para apoyar el indulto a Ortega Cano

La Fiscalía de Sevilla no aprecia "ningún motivo extraordinario" para apoyar la petición de indulto anunciada por el extorero José Ortega Cano después de que la Audiencia Provincial confirmase su condena a dos años y medio de cárcel por el accidente de tráfico mortal ocurrido en mayo de 2011 en el que falleció Carlos Parra, vecino de Castilblanco de los Arroyos.
Ortega Cano lucha por su libertad
Ortega Cano lucha por su libertad
EUROPA PRESS
Ortega Cano lucha por su libertad

La Fiscalía de Sevilla no aprecia "ningún motivo extraordinario" para apoyar la petición de indulto anunciada por el extorero José Ortega Cano después de que la Audiencia Provincial confirmase su condena a dos años y medio de cárcel por el accidente de tráfico mortal ocurrido en mayo de 2011 en el que falleció Carlos Parra, vecino de Castilblanco de los Arroyos.

Así lo ha asegurado este lunes a los periodistas la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, tras ser preguntada por el anuncio del abogado de Ortega Cano, Enrique Trebolle, de que recurrirá en amparo al Tribunal Constitucional (TC) la sentencia de la Audiencia, pedirá la suspensión de la ejecución de la pena a fin de que no entre en la cárcel e interesará el indulto al Ejecutivo central.

Y es que, a juicio de la fiscal jefe de Sevilla, en el caso de José Ortega Cano "no concurre ninguna circunstancia extraordinaria" para apoyar su anunciada petición de indulto.

La Audiencia Provincial de Sevilla confirmó el pasado viernes la condena de dos años y seis meses de cárcel a Ortega Cano por el accidente de tráfico que costó la vida a Carlos Parra y le imputó también un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas al considerar que "no se quebró" la cadena de custodia de la sangre extraída y analizada posteriormente por el Instituto Nacional de Toxicología, cuyo análisis arrojó un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre.

Tras conocer el fallo dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincia, el letrado del extorero expresó su "más enérgica disconformidad" con la sentencia al haberle dado valor a la prueba de alcoholemia y, por el contrario, "creerse lo que dice la juez" sobre los testigos que no apreciaron que el extorero fuera bebido, lo que constituye "una auténtica contradicción".

La Audiencia "viene a decir que no se ha quebrado la cadena de custodia y, sin tener ninguna prueba ni circunstancia nueva, hace una valoración que es contraria al TC", añadió el letrado, quien insistió en que la prueba en la que el imputado arrojó un resultado de 1,26 de gramos de alcohol por litro en sangre "es nula de pleno derecho porque vulnera el derecho a la intimidad y se hizo con fines terapéuticos y no incriminatorios".

"Mi disconformidad es total" con una sentencia que "no tiene ninguna base jurídica", por lo que "vamos a recurrir en amparo al TC al tiempo que pediremos el indulto a los efectos de que no haya ningún tipo de problemática respecto al ingreso en prisión" de Ortega Cano, quien "de momento" no debe entrar en la cárcel hasta que el Constitucional no se pronuncie sobre un asunto "de esta envergadura".

Por último, opinó que, con su sentencia, la Sección Primera "no ha querido a lo mejor sentar un precedente y ha sido reticente a ser lo suficientemente valiente desde el punto de vista procesal".

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