Torres-Dulce dice que si Estrasburgo falla en contra de la doctrina Parot habrá que estudiar sus efectos caso por caso

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha afirmado este lunes que una vez que el Tribunal de Estrasburgo se pronuncie sobre la llamada 'doctrina Parot' habrá que "examinar en cada caso concreto" los efectos que el fallo puede tener sobre los casos a los que se ha aplicado la doctrina.
Etarra Inés del Río
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El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha afirmado este lunes que una vez que el Tribunal de Estrasburgo se pronuncie sobre la llamada 'doctrina Parot' habrá que "examinar en cada caso concreto" los efectos que el fallo puede tener sobre los casos a los que se ha aplicado la doctrina.

Torres-Dulce se ha expresado así en una entrevista en RNE recogida por Europa Press a la espera de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronuncie definitivamente sobre la aplicación de la doctrina Parot —que hace que los beneficios penitenciarios se apliquen a la totalidad de las condenas, no a las condenas refundidas— a la etarra Inés del Río.

El tribunal dio la razón a Del Río pero España recurrió la decisión ante la Gran Sala y si ahora vuelve a dársela Torres-Dulce cree que habría que ejecutar la decisión "en sus justos términos".

Si Estrasburgo da la razón a Del Río, el fiscal ha reconocido que, dado que España es firmante del convenio internacional del TEDH, "lo lógico" es que deba aplicar "la doctrina que emane de esa sentencia". No obstante, ha pedido esperar a ver "en qué términos" se pronuncia el tribunal respecto al caso concreto "y si establece alguna categoría de carácter general".

Torres-Dulce ha afirmado no tener información sobre la fecha en que se conocerá la sentencia, aunque ha reconocido que se considera inminente "por el plazo que ha transcurrido".

También ha explicado que el recurso que examina Estrasburgo es sobre el caso concreto de Inés del Río, lo que no implica "la anulación de la doctrina Parot" en sí. Lo que sí está en juego, ha detallado, es si esa doctrina podía "aplicarse retroactivamente a ejecuciones de penas ya fijadas".

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