PP lleva a Parlamento los criterios de Educación para elegir a miembros de Comisiones Provinciales de Reclamación

El Grupo Popular en el Parlamento de Andalucía ha elevado una cuestión al Consejo de Gobierno andaluz en la que pregunta por los criterios utilizados por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta andaluza para seleccionar a los miembros de las Comisiones Provinciales de Reclamación.

El Grupo Popular en el Parlamento de Andalucía ha elevado una cuestión al Consejo de Gobierno andaluz en la que pregunta por los criterios utilizados por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta andaluza para seleccionar a los miembros de las Comisiones Provinciales de Reclamación.

Esta pregunta, suscrita por la diputada popular María Francisca Carazo, se formula después de que la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA) haya anunciado que solicitará la ejecución "inmediata" de una sentencia la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que el pasado mes de julio venía a revocar un fallo anterior de un juzgado de Granada que desestimó la pretensión del sindicato de conocer la identidad de los miembros de la Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones de Granada, con especificación de su especialidad o cargo, declarando el derecho de APIA a conocer la composición de este órgano.

Fuentes de la asociación indicaron a Europa Press que, de no procederse a la ejecución de la sentencia del TSJA, el colectivo impugnará todas las actuaciones realizadas por esas comisiones "secretas e ilegales".

Y es que este órgano es el encargado de emitir informes acerca de las reclamaciones a las calificaciones finales de los alumnos, que sirven de base a las decisiones de los correspondientes delegados provinciales, dándose el caso de que APIA ya ha judicializado el caso de un alumno de cuarto curso de ESO del instituto 'Los Álamos', en Bormujos, que tras haber cerrado el curso con cinco asignaturas suspendidas logró graduarse en contra del criterio del claustro de profesores al prosperar parcialmente ante la comisión provincial de reclamaciones la impugnación de sus suspensos.

La sentencia reprocha a la Consejería su "rigorismo formal desproporcionado" al justificar la ocultación de los datos solicitados en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su conducta "constitucionalmente prohibida" y "legalmente injustificada", caracterizada por una "falta de transparencia impropia de un Estado de Derecho", ya que los referidos datos "en absoluto comprometen la intimidad de los miembros de la comisión".

La sentencia igualmente declara la necesidad de un funcionamiento transparente de la administración educativa como "beneficio cierto y efectivo" necesario para que APIA pueda defender los intereses de sus asociados, todos ellos profesores de instituto.

La asociación remarca que la elección de los miembros de las comisiones técnicas provinciales de reclamación se realiza "a dedo, sin concurso público de méritos, lesionando por tanto el derecho de cualquier profesor a acceder a estos puestos, con absoluta falta de publicidad y transparencia".

APIA, así, ha asegurado que pedirá "inmediatamente" la identidad de los miembros de las Comisiones Técnicas Provinciales de Reclamación, su especialidad o cargo, así como información "fidedigna" de las resoluciones de las correspondientes Delegaciones Territoriales mediante las cuales se ha procedido a nombrarlos.

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