El Govern recepciona cerca de 650 certificados de eficiencia energética de viviendas

La Dirección General de Industria y Energía ha recepcionado un total de 649 certificados de eficiencia energética en la primera semana desde la entrada en vigor de la nueva norma estatal que obliga a los propietarios de todas las viviendas que se vendan o alquilen a disponer de este documento.
Bloque de viviendas en Navarra.
Bloque de viviendas en Navarra.
EP/GOBIERNO DE NAVARRA
Bloque de viviendas en Navarra.

La Dirección General de Industria y Energía ha recepcionado un total de 649 certificados de eficiencia energética en la primera semana desde la entrada en vigor de la nueva norma estatal que obliga a los propietarios de todas las viviendas que se vendan o alquilen a disponer de este documento.

Según ha informado la Dirección General en un comunicado, el Govern ha hecho un gran esfuerzo para que el primer día laborable después de la entrada en vigor del Real Decreto, que nace en aplicación a una normativa europea, esté a disposición de los ciudadanos el trámite para el registro de los certificados de Eficiencia Energética, siendo una de las primeras comunidades en implantarlo.

Así, en la página web http://industria.caib.es se puede descargar la solicitud de tramitación, que los propietarios deberán presentar junto con la copia del certificado que les facilite el técnico que inspeccione la vivienda y la declaración de datos del certificado, que también debe rellenar el técnico.

Los propietarios o técnicos que contraten pueden entregar la documentación en las dependencias de la UDIT, que cuentan con oficinas en Palma, Manacor, Inca, Maó y Eivissa, y hacer el registro, un trámite que lleva aparejado el pago de una tasa de 4,78 euros.

Por su parte, la Dirección General de Industria y Energía emitirá un justificante en el que aparecerá el número de inscripción haciendo referencia al edificio y a la calificación obtenida, que irá de la A a la G, categoría en la que se encuentran la mayoría.

Se podrán certificar tanto viviendas individuales como edificios enteros. Los certificados tendrán una validez de diez años y las viviendas que ya estén alquiladas no precisarán de este documento.

De momento no hay un régimen sancionador aprobado por parte del Ministerio aunque la norma es de obligado cumplimiento. Cualquier publicidad para vender o alquilar a partir de ahora tendrá que hacer referencia a la calificación obtenida. Asimismo, a partir de la entrada en vigor de la normativa los edificios de nueva construcción también deberán inscribirse en el registro del Govern.

No obstante, hay algunos edificios que quedan al margen de esta obligatoriedad como las viviendas que se arrienden por un tiempo inferior a cuatro meses, los que se compren para su posterior demolición, los que estén aislados y cuenten con una superficie menor a 50 metros cuadrados, los edificios industriales y agrícolas en parte destinados a talleres, los utilizados para culto y actividades religiosas y los edificios y monumentos protegidos oficialmente cuando el cumplimiento de tales exigencias puedan alterar su carácter o aspecto.

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