Condenados a 5 años cada uno por blanqueo el narcotraficante Carballa y su mujer

La Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra condena como autores penalmente responsables de un delito continuado de blanqueo de capitales procedente del tráfico de drogas al matrimonio formado por Antonio Carballa Magdalena y María Luisa González Iglesias a las penas, para cada uno de ellos, de cinco años de prisión y multa de tres millones de euros que será sustituida, en caso de impago, por seis meses de prisión, también para cada uno.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra condena como autores penalmente responsables de un delito continuado de blanqueo de capitales procedente del tráfico de drogas al matrimonio formado por Antonio Carballa Magdalena y María Luisa González Iglesias a las penas, para cada uno de ellos, de cinco años de prisión y multa de tres millones de euros que será sustituida, en caso de impago, por seis meses de prisión, también para cada uno.

Según consta en la sentencia, recogida por Europa Press, como autora penalmente responsable de un delito de blanqueo de capitales por imprudencia grave, ya definido, condena a la hija de ambos, Beatriz Carballa González, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión y multa de 30.000 euros, que será sustituida, en caso de impago, por quince días de prisión.

Esta sentencia, según se señala en el auto judicial de la Audiencia Provincial, no es firme ya que, contra ella, pueden interponer recurso de casación.

La Audiencia pontevedresa reduce la pena que solicitaba el fiscal para el matrimonio al rechazar la tesis de que Carballa también había realizado actividades como prestamista. Mientras, el tribunal absuelve también por falta de pruebas a los otros tres procesados, Daniel D. y los hermanos Prado Padín.

En la sentencia se acuerda el comiso definitivo y adjudicación al Estado, a través del fondo procedente de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados de la totalidad de los elementos patrimoniales relacionados en este caso.

BIENES

Entre ellos se incluyen 78.131,57 euros procedentes de la venta del piso del Edificio Porteliña en Poio; las siete viviendas, las siete plazas de garaje y los siete trasteros objeto de la permuta y que las promotoras Promociones Portonovo S.L. y Construcciones Bamarti S.L. se comprometieron a entregar en las edificaciones que construyeran en el PEI-3 y PEI-2 del Ayuntamiento de Sanxenxo (Pontevedra) o su equivalente en dinero por un total de 1.202.024 euros.

También incluye la finca 'Prado Vello', ubicada en la parroquia de Noalla, en Sanxenxo; un total de 20 participaciones sociales de la entidad Antoncar S.L. o su equivalente en dinero por un total de 6.010,12 euros; 68.000 euros relacionados con el préstamo personal recibido por Mª.L. de su suegro; y 15.200 euros invertidos en la compra del Audi A-3 matrícula.

También suma 23.000 euros invertidos en la adquisición de mobiliario de cocina y electrodomésticos; un turismo Audi A-3; la finca 'Cabadiña o Prado Bello', sita en el lugar de Pontes, parroquia de Noalla, Sanxenxo; una motocicleta Yamaha,; otras fincas en Sanxenxo; y el derecho de alquiler de la plaza de amarre nº 187 del puerto deportivo de Combarro (Pontevedra).

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