Ángeles Muñoz aboga por esperar a tener la sentencia del TC para determinar así su alcance

La presidenta de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) y alcaldesa de Marbella (Málaga), Ángeles Muñoz, ha abogado por esperar, antes de cualquier actuación, a conocer el texto concreto de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que impide que los consistorios puedan nombrar como miembros de la junta de gobierno local a quien no haya concurrido a unas elecciones.
La alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz
La alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz
EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO DE MARBELLA
La alcaldesa de Marbella, Ángeles Muñoz

La presidenta de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) y alcaldesa de Marbella (Málaga), Ángeles Muñoz, ha abogado por esperar, antes de cualquier actuación, a conocer el texto concreto de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que impide que los consistorios puedan nombrar como miembros de la junta de gobierno local a quien no haya concurrido a unas elecciones.

Muñoz ha avanzado este martes que los servicios jurídicos de la Federación Española de Municipios y Provincias se encuentran estudiando este asunto, que, en el caso concreto de Marbella, afectaría a dos delegados municipales —el responsable de Deportes, Federico Vallés, y el de Participación Ciudadana, Baldomero León—.

La regidora del PP ha apuntado a los periodistas que la relevancia del dictamen estriba en determinar si afecta a los concejales no electos que forman parte de los ejecutivos locales o a los que se nombren en el futuro.

"Hay que ver cuál es la interpretación de la norma para ver si afecta a los concejales que ya ejercen sus funciones", ha señalado la primera edil marbellí.

Como ha advertido, la sentencia "afecta a los concejales no electos en su condición de participantes en plenos y juntas de gobierno local, pero les permite seguir ejerciendo su labor pública como directivos de los ejecutivos locales".

La Generalitat catalana presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local de 2003, conocida como Ley de Grandes Ciudades, que reformó la Ley de Bases de Régimen Local, contemplando que también podrían ser miembros del equipo de gobierno aquellos que no se habían presentado en listas electorales. El Gobierno de Cataluña alegó que esta reforma lesionaba sus competencias.

Ante esto, el Pleno del TC ha anulado el precepto de la Ley de Grandes Ciudades que permite nombrar como miembros de la junta de gobierno local a personas que no ostenten la condición de concejales, es decir, que no hayan concurrido a las elecciones locales en las listas electorales. Concretamente, el tribunal de garantías declara inconstitucional y nulo el párrafo segundo del artículo 126.2 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local en la redacción dada por la reforma de 2003.

Por ello, a partir de la publicación de esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los miembros no electos de la junta de gobierno local tendrán que ser sustituidos por concejales, ya que, de otro modo, las decisiones que pudieran adoptar serían nulas e inconstitucionales. No obstante, sí salva expresamente la validez de todos los acuerdos y resoluciones tomados hasta la fecha.

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