Junta asegura que el TS "no anula" el Plan de Gestión del Lobo porque éste "sólo fija cupos de caza al norte del Duero"

La Junta de Castilla y León ha asegurado que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) en la que anula varios artículos del Plan de Gestión del Lobo no supone la derogación del plan ya que éste "sólo fija cupos de caza al norte del Duero".

La Junta de Castilla y León ha asegurado que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) en la que anula varios artículos del Plan de Gestión del Lobo no supone la derogación del plan ya que éste "sólo fija cupos de caza al norte del Duero".

Así se refiere el Ejecutivo autonómico al fallo del Supremo sobre el recurso de casación presentado por Ecologistas en Acción contra el aprovechamiento cinegético del lobo regulado en dicho Plan, y que ha supuesto la anulación de los artículos 4.c, 8, 14 y 19, en lo que se refieren a la posibilidad de que la población de lobos al Sur del río Duero pudiera ser objeto de caza.

En este sentido, la Junta subraya que "estaba cumpliendo escrupulosamente" este planteamiento ya que, como ha reiterado, "sólo se fijan cupos cinegéticos al norte del Duero".

En un comunicado remitido a Europa Press, el Gobierno castellanoleonés ha aseverado que al sur del Duero "únicamente se autorizan controles poblacionales de carácter excepcional, previa comprobación de los daños al ganado y ejecutados directamente por los agentes medioambientales y celadores".

Tal como ha afirmado, estos controles excepcionales "podrán seguir siendo realizados en las mismas condiciones, en aplicación directa de la legislación vigente en materia de conservación de la biodiversidad".

Por ello, recuerda que "la gran mayoría de la población de lobos de Castilla y León, la que se sitúa al norte del río Duero, continúa siendo cazable", sin sobre esta cuestión la sentencia haya introducido "ninguna objeción", de forma que la sentencia "no tendrá efectos prácticos en este sentido".

Recurso de coag

Asimismo, la Junta considera que la segunda sentencia del Tribunal Supremo conocida este jueves, en este caso referente a otro recurso de casación presentado por la organización agraria COAG, "no obliga" a compensar de forma directa a los ganaderos por los daños del lobo, sino que "pasarán a tener el mismo tratamiento que los producidos por cualquier especie cinegética al norte del Duero", y "por cualquier especie protegida" en el caso del sur de este río, conforme al régimen de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

En este segundo fallo, el alto Tribunal anula determinados apartados del artículo 12 del Plan de Conservación y Gestión del Lobo por entender que entraba en contradicción con la normativa sobre responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

En todo caso, el Ejecutivo autonómico ha recordado que el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León "fue aprobado con el conocimiento y respaldo de los responsables en biodiversidad de la Comisión Europea", a los cuales "se consultó previamente". En este sentido, ha destacado que "recientemente la Unión Europea ha vuelto a respaldar la actuación de la Junta" al considerar que al sur del Duero "se pueden realizar controles poblacionales tras comprobación de daños".

No obstante, la Junta ha reconocido que en estos momentos trabaja en la revisión del Plan de Gestión del Lobo, que será presentado al Comité de Gestión en los próximos meses y que "ya contempla los efectos de estas sentencias".

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